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Inscripción en el RUC y Registro de IVA en Paraguay: Guía 2025

En Paraguay, toda persona física o jurídica que realice actividades económicas de forma habitual debe inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y, en la mayoría de los casos, en el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Este trámite se gestiona ante la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), dependiente del Ministerio de Hacienda. La falta de inscripción puede acarrear sanciones económicas y la imposibilidad de emitir facturas legalmente válidas. En esta guía te explicamos paso a paso el proceso, los requisitos según tu tipo de contribuyente y las obligaciones posteriores, conforme a la Ley N° 125/91 y sus modificaciones, así como el Código Tributario (Ley N° 125/91, actualizada por Ley N° 6380/2019).

1. ¿Quiénes deben inscribirse en el IVA?

Según el Art. 74 de la Ley N° 125/91 (Código Tributario), están obligados a inscribirse en el RUC y tributar IVA las personas físicas o jurídicas que realicen ventas de bienes o prestaciones de servicios en el territorio paraguayo de manera habitual. La habitualidad se presume cuando la actividad se realiza de forma continua o con ánimo de lucro. Existen excepciones para pequeños contribuyentes que pueden optar por el Régimen Simplificado (RS) si sus ingresos brutos anuales no superan el monto establecido por la SET (actualmente, G. 100.000.000 aproximadamente, según Decreto N° 3544/2020). Sin embargo, quienes superen ese umbral o realicen operaciones de importación, deben inscribirse en el Régimen General del IVA. La SET exige además la inscripción previa en el RUC para emitir facturas electrónicas o tradicionales.

2. Requisitos y pasos para la inscripción ante la SET

Para inscribirte en el RUC y en el IVA, deberás presentar ante la SET: cédula de identidad civil vigente (para personas físicas), escritura pública inscrita en el Registro Público (para sociedades), y comprobante de domicilio. El trámite puede realizarse en línea a través de la página web de la SET (www.set.gov.py) con la clave de acceso (usuario y contraseña) o de forma presencial en las agencias regionales. El formulario de inscripción se completa con datos personales, actividad económica según el clasificador de actividades (CIIU), y la fecha de inicio de operaciones. La SET emite la constancia de inscripción en un plazo de 48 a 72 horas hábiles. Es importante notificar cualquier cambio de domicilio o actividad dentro de los 15 días hábiles, según el Art. 92 del Código Tributario.

3. Plazos, multas y obligaciones posteriores

La inscripción debe realizarse antes del inicio de operaciones. Si la SET detecta que una actividad se ejerce sin RUC, aplica una multa equivalente al 2% del patrimonio neto o de los ingresos brutos del último ejercicio, con un mínimo de 10 jornales mínimos (Ley N° 6380/2019, Art. 174). Además, quien no se inscribe no puede deducir crédito fiscal y pierde la posibilidad de facturar legalmente. Una vez inscrito, debes: presentar declaraciones juradas mensuales de IVA (Formulario 211) y de renta (Formulario 118/119), llevar contabilidad completa si sos responsable general, y emitir facturas con timbre fiscal o facturación electrónica. Los vencimientos son según el último dígito del RUC (calendario SET). El incumplimiento de las obligaciones formales genera intereses y multas adicionales.

4. Diferencias entre Régimen General y Simplificado

El Régimen Simplificado (RS) está diseñado para pequeños contribuyentes con ingresos anuales inferiores a G. 100.000.000 (Decreto N° 3544/2020). Estos contribuyentes tributan un monto fijo mensual que reemplaza al IVA y al impuesto a la renta. No pueden emitir facturas con crédito fiscal, por lo que sus clientes no pueden deducir IVA. Por otro lado, el Régimen General del IVA (Régimen General) es obligatorio para quienes superen ese monto, importen bienes, o realicen actividades profesionales liberales. Deben cobrar el 10% de IVA en cada venta (Art. 83 de la Ley N° 125/91), declarar mensualmente y llevar contabilidad organizada. La elección del régimen incorrecto puede generar diferencias en la recaudación y eventuales ajustes fiscales. La SET ofrece herramientas para estimar el régimen aplicable según tu actividad.

Cómo te ayuda OficioIA

OficioIA puede ayudarte a determinar si tu actividad está obligada al IVA, preparar la documentación para la inscripción ante la SET, calcular tus obligaciones mensuales y evitar multas por incumplimiento. Además, te asesora sobre la elección entre Régimen General y Simplificado según tu proyección de ingresos, y te recuerda los vencimientos de tus declaraciones juradas.

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Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no me inscribo en el RUC y realizo ventas?

Según el Art. 174 de la Ley N° 6380/2019, la SET aplicará una multa del 2% de tus ingresos brutos o patrimonio, con un mínimo de 10 jornales mínimos. Además, no podrás emitir facturas válidas y perderás el derecho a crédito fiscal. La inscripción es obligatoria antes de iniciar operaciones.

¿Puedo iniciar actividades como profesional liberal sin inscribirme en el IVA?

No. Los profesionales liberales (abogados, contadores, médicos, ingenieros) están obligados a inscribirse en el RUC y en el IVA, incluso si sus ingresos no superan el umbral del Régimen Simplificado, porque la Ley N° 125/91 los considera contribuyentes del Régimen General. Deben emitir facturas con IVA 10% y llevar contabilidad.

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