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Guía de Pagos de Seguridad Social en Paraguay: IPS y SET

En Paraguay, los profesionales en finanzas deben dominar los pagos de seguridad social que involucran al Instituto de Previsión Social (IPS) y a la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET). Estos pagos se rigen por la Ley N° 213/93 (Código Laboral) y la Ley N° 98/92 (Régimen del IPS). Un error en su cálculo puede generar multas e intereses. Esta guía te explica cómo cumplir con tus obligaciones, desde la planilla mensual hasta las retenciones de impuestos, con ejemplos prácticos y referencias normativas.

1. Aportes al IPS: Base Legal y Porcentajes

El IPS es el ente encargado del seguro social obligatorio en Paraguay, según la Ley N° 98/92 y sus modificatorias. Los empleadores deben inscribir a sus trabajadores y pagar aportes mensuales. El aporte total es del 23% sobre el salario: 16.5% patronal (9% para jubilación, 5% para seguro de enfermedad-maternidad, 2.5% para seguro laboral) y 6.5% del trabajador (5% jubilación, 1.5% enfermedad-maternidad). La base mínima es el salario mínimo legal vigente (Ley N° 5760/16 para el mínimo). El Código Laboral (Ley N° 213/93, Art. 128) establece que el salario base incluye todas las remuneraciones habituales. Ejemplo: si un empleado gana Gs. 2.500.000, el aporte patronal es Gs. 412.500 y el del trabajador Gs. 162.500.

2. Planilla Mensual y Plazos de Pago ante el IPS

La planilla de aportes (formulario IPS 01-02) debe presentarse y pagarse dentro de los 15 primeros días hábiles del mes siguiente al período trabajado. La Resolución IPS N° 21/2019 regula el uso de la plataforma en línea 'IPS en Línea' para la presentación. El retraso genera multas e intereses: 2% por mes de mora sobre el monto adeudado (Art. 10 de la Ley N° 98/92). Ejemplo: si no pagas la planilla de enero hasta el 15 de febrero, en marzo tendrás un recargo de 2% sobre el total. Para evitar errores, verifica que los datos de los trabajadores (cedula, salario, fechas de ingreso) estén actualizados en el sistema.

3. Retenciones de la SET: IRP y Facturación

La SET administra el Impuesto a la Renta Personal (IRP) y otros tributos. Los empleadores actúan como agentes de retención del IRP sobre los salarios que superen el mínimo no imponible (Ley N° 6380/19, Art. 23). La retención se calcula sobre el ingreso gravado anual, aplicando la escala progresiva (8% a 10%). Además, las facturas de servicios profesionales están sujetas a retención del 2% por IRP. El pago se realiza mensualmente vía formulario SET (N° 112) hasta el día 10 del mes siguiente. Ejemplo: un profesional que factura Gs. 5.000.000 debe retener Gs. 100.000 por IRP. El Código Laboral no regula impuestos, pero la SET exige que el empleador informe los pagos al trabajador en la liquidación.

4. Sanciones por Incumplimiento y Buenas Prácticas

El incumplimiento en los pagos de seguridad social conlleva sanciones. El IPS puede imponer multas de hasta 10 veces el salario mínimo por no inscribir trabajadores (Ley N° 98/92, Art. 10). La SET aplica multas por evasión del IRP (Ley N° 125/91, Art. 45) que pueden ser hasta el 300% del tributo omitido. Para evitar riesgos, los profesionales en finanzas deben mantener un calendario de vencimientos, conciliar las planillas con los recibos de pago y archivar documentación durante 5 años. Utilizar software contable integrado con el IPS y la SET reduce errores. Además, el Código Laboral (Art. 17) exige registrar las relaciones laborales en el Ministerio de Trabajo, lo que puede afectar la fiscalización.

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OficioIA te asiste en tus trámites de seguridad social en Paraguay: puede generar recordatorios de vencimientos, calcular automáticamente los aportes del IPS y las retenciones del IRP según la normativa vigente, y revisar tus planillas para evitar errores. Además, responde preguntas específicas sobre el Código Laboral y las resoluciones de la SET, todo en español y adaptado a tu contexto.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es el porcentaje de aporte patronal al IPS en Paraguay?

El aporte patronal es del 16.5% sobre el salario, distribuido en 9% para jubilación, 5% para enfermedad-maternidad y 2.5% para seguro laboral, según la Ley N° 98/92.

¿Cuándo vence el pago de la planilla IPS?

La planilla debe presentarse y pagarse hasta el día 15 hábil del mes siguiente al período trabajado. Si no se cumple, se aplica un recargo del 2% mensual.

¿Qué retenciones de la SET debo realizar sobre salarios?

Debes retener el IRP cuando el salario anual supere el mínimo no imponible (Gs. 13.000.000 aprox. para el 2024, según Ley N° 6380/19). La retención se paga mensualmente con el formulario 112.

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