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Guía de Declaración de Impuestos para Freelancers en Paraguay 2025

En Paraguay, los freelancers y trabajadores independientes tienen obligaciones fiscales y de seguridad social que a menudo se desconocen. Esta guía te explica paso a paso cómo cumplir con la SET (Subsecretaría de Estado de Tributación) y el IPS (Instituto de Previsión Social), basándonos en la Ley 6380/2019 de Modernización Tributaria, el Código Laboral (Ley 213/93) y las resoluciones vigentes. Evitá multas y optimizá tu situación financiera.

1. ¿Soy contribuyente? Registro ante la SET

Todo freelancer que obtenga ingresos por servicios personales debe inscribirse en el RUC (Registro Único de Contribuyentes) ante la SET, según la Ley 6380/2019. Si superás los 5.000 jornales mínimos anuales (aproximadamente Gs. 550 millones en 2025), estás obligado a tributar IVA y IRP. Para montos menores, podés optar por el Régimen Simplificado. El registro es gratuito y se realiza online en la SET. Además, si facturás a clientes del exterior, necesitás registrar tus servicios como exportación de servicios (Resolución SET 45/2020).

2. Impuestos a pagar: IRP e IVA

El Impuesto a la Renta del Servicio (IRP) grava los ingresos netos de los freelancers con tasas progresivas del 8% al 10% (Ley 6380). Debés presentar declaraciones juradas mensuales y anuales. El IVA (10%) se aplica si tus ingresos superan el umbral mencionado. Podés deducir gastos documentados (equipos, internet, capacitación) y aportes al IPS. Para no residentes, la retención es del 15% sobre el 50% de la factura (Resolución SET 45/2020). Llevá contabilidad simplificada y guardá todos los comprobantes por 5 años.

3. Aportes al IPS: obligatoriedad y beneficios

Según el Código Laboral (Ley 213/93) y la Ley 98/92, los trabajadores independientes deben inscribirse en el IPS. El aporte es del 23.5% sobre un sueldo mínimo (actualmente Gs. 2.798.309), de los cuales el 14% va a jubilación, 9% a salud y 0.5% a otros. Aunque no tengas empleador, podés afiliarte y acceder a cobertura médica, seguro de invalidez y jubilación. La falta de inscripción genera multas. Si facturás a empresas locales, ellas retienen una parte de tus honorarios para el IPS (Ley 98/92, Art. 11).

4. Plazos, multas y deducciones clave

Las declaraciones mensuales vencen entre el 1 y el 15 del mes siguiente (según terminación de RUC). La declaración anual del IRP vence en marzo del año siguiente. Multas por mora: 5% del impuesto por mes, más intereses (Ley 125/91). Deducciones permitidas: 100% de gastos de salud, educación, y hasta 50% de gastos de vivienda (con tope). Además, podés deducir el 100% de aportes al IPS. Para no caer en sanciones, usá el sistema e-TKU de la SET. Recuerdá que el incumplimiento reiterado puede derivar en clausura.

Cómo te ayuda OficioIA

OficioIA analiza tu situación particular como freelancer en Paraguay: te indica qué impuestos aplican a tus ingresos, calcula tus aportes al IPS, genera recordatorios de vencimientos y sugiere deducciones legales. Además, responde dudas sobre facturación electrónica y exportación de servicios, todo basado en la normativa vigente.

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Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no me inscribo en la SET como freelancer?

Si no te inscribís, podés recibir multas desde 10 jornales mínimos (aprox. Gs. 1.100.000) y recargos por no declarar. Además, no podés facturar legalmente y tus clientes no pueden deducir tus servicios.

¿Puedo trabajar con clientes del exterior sin pagar impuestos en Paraguay?

No. Los ingresos por exportación de servicios tributan en Paraguay. Debés facturar con IVA (si superás el umbral) y pagar IRP sobre la renta neta. Existen reglas especiales para evitar doble tributación si el país del cliente tiene convenio.

¿Los aportes al IPS son obligatorios para un freelancer sin empleados?

Sí, desde que se promulgó la Ley 98/92, los trabajadores independientes deben afiliarse al IPS. Aunque no tengas empleados, la ley exige el aporte para tu cobertura previsional. Podés optar por un plan reducido si tus ingresos son bajos.

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