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Alta y Baja de Empleados: Registro Laboral en LATAM

El registro correcto y oportuno de los trabajadores ante los organismos de seguridad social es una obligación legal en toda LATAM. El trabajo no registrado (en negro) expone al empleador a multas severas, deuda previsional retroactiva y sanciones penales en casos graves.

Argentina: alta en AFIP y SICOSS

Alta en AFIP: a través del servicio 'Mi simplificación' en afip.gob.ar, dentro de los 30 días de inicio de la relación laboral (ideal antes del primer día). Datos requeridos: CUIT empleador, CUIL empleado, fecha de ingreso, modalidad contractual, remuneración, convenio colectivo aplicable, código de actividad. SICOSS: sistema de liquidación de aportes y contribuciones. Multas trabajo no registrado: Ley 24.013 — empleado puede intimar por telegrama para regularización; si no regulariza en 30 días, empleador paga multas de 1/4 a 1 de la remuneración devengada.

Chile: contrato y Dirección del Trabajo

Contrato de trabajo por escrito: obligatorio dentro de los 15 días de inicio (5 días si es por obra <30 días). Firma del empleado: si no firma, la Dirección del Trabajo (DT) puede aplicar multas. Libro de asistencia o reloj control: obligatorio. Registro de contratos en portal DT: no obligatorio para empresas <5 trabajadores pero recomendable. Imposiciones previsionales (AFP y Fonasa/Isapre): empleador descuenta y entera mensualmente. Fiscalización: inspectores DT — multas hasta 60 UTM por trabajador no registrado.

México: alta en IMSS e INFONAVIT

Alta en IMSS: obligatoria desde el primer día laboral (antes del inicio si es posible). Sistema IDSE (IMSS Desde Su Empresa): movimiento afiliatorio tipo 'Alta'. Datos: NSS (Número de Seguridad Social), RFC, CURP, salario diario integrado (SDI). INFONAVIT: la afiliación al IMSS incluye automáticamente el INFONAVIT. SAR/AFORE: también automático. Multa por no afiliación: 20-350 veces el SMDF. Cédula de determinación: IMSS cobra retroactivo si detecta trabajadores no afiliados en auditoría.

Colombia: PILA y afiliación al SGSSS

PILA (Planilla Integrada de Liquidación de Aportes): sistema centralizado que integra salud (EPS), pensión (AFP), riesgos laborales (ARL) y cajas de compensación (CCSS). Plazo: afiliar antes del primer día laboral. Formulario de afiliación: a EPS elegida por el trabajador, AFP y ARL. Empleadores con >10 trabajadores: obligados a aportar a CCSS. Multas: UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales) — intereses de mora + sanciones hasta 700% del valor adeudado.

Brasil: eSocial e registro em carteira

eSocial: sistema eletrônico unificado obrigatório para todos os empregadores. Eventos de admissão (S-2200): enviar antes do primeiro dia de trabalho. CTPS (Carteira de Trabalho e Previdência Social): anotação digital via eSocial substituiu a física. INSS: desconto na folha e recolhimento pelo empregador até dia 20 do mês seguinte. FGTS: 8% do salário bruto, recolhido mensalmente via SEFIP/eSocial. Multa trabalho informal: auto de infração SRTE + recolhimento retroativo INSS + FGTS + multa.

Trabajo no registrado: consecuencias y regularización

Consecuencias: deuda de aportes y contribuciones retroactivos, multas e intereses, daño previsional al trabajador (no acumula años para jubilación), riesgo penal en casos de evasión masiva. Regularización en Argentina: 'Mi Simplificación' permite blanqueo con reducción de multas. En Brasil: eSocial facilita la regularización. El empleado puede denunciar ante organismos laborales en todos los países; suele haber protección al denunciante.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo debo dar el alta a un empleado en Argentina?

Dentro de los 30 días del inicio de la relación laboral, pero lo correcto es antes del primer día de trabajo para evitar accidentes cubiertos durante el período no registrado.

¿Qué pasa si el empleado no quiere firmar el contrato en Chile?

El empleador debe dejar constancia de la negativa e informar a la Dirección del Trabajo. La negativa del empleado no exime al empleador de la obligación de tener el contrato escrito.

¿El eSocial reemplazó la libreta de trabajo en Brasil?

Sí. Desde 2019 la Carteira de Trabalho Digital (CTPS Digital) funciona vía eSocial. Las anotaciones de admisión, salario y demás datos se registran electrónicamente.

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