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Licencia Médica en Paraguay: Guía Legal para Profesionales

En Paraguay, la licencia médica es un derecho del trabajador regulado por el Código Laboral (Ley 213/93), el Instituto de Previsión Social (IPS) y la Superintendencia de Salud (SET, hoy integrada al Ministerio de Salud). Esta guía detalla los pasos, plazos y obligaciones para que profesionales y empleadores gestionen correctamente las ausencias por enfermedad, evitando sanciones y conflictos.

1. Marco Legal y Duración de la Licencia

El Código Laboral (Ley 213/93) en su Art. 40 establece que el trabajador tiene derecho a ausentarse por enfermedad, con aviso justificado, sin pérdida de salario durante los primeros 10 días (a cargo del empleador) si cuenta con certificado médico. Para enfermedades prolongadas, el Art. 38 y siguientes remiten al IPS. La licencia por enfermedad común no puede exceder 6 meses (Art. 39), salvo casos de tuberculosis, lepra o cáncer que se extienden a 12 meses (Art. 40). El empleador debe reservar el puesto durante ese período. Si la enfermedad es profesional o accidente de trabajo, rige la Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 231/93) con cobertura del IPS.

2. Rol del IPS: Subsidio y Trámites

El IPS (Instituto de Previsión Social) otorga subsidio por enfermedad no profesional desde el día 11 de la incapacidad, previa evaluación médica. El trabajador debe presentar el certificado médico (formulario IPS 100-02) dentro de 5 días hábiles desde el inicio de la ausencia (Reglamento de Prestaciones). El subsidio equivale al 50% del salario promedio de los últimos 4 meses (Art. 78 Ley 98/92). Para accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, el IPS cubre desde el primer día con el 100% del salario (Ley 231/93). El empleador debe registrar la baja en el sistema IPS dentro de 24-48 horas. Si el IPS rechaza el subsidio, el empleador sigue obligado a pagar los días según Código Laboral.

3. Obligaciones ante la SET (Ministerio de Trabajo)

La SET (Secretaría de Estado de Trabajo, hoy dependiente del Ministerio de Justicia y Trabajo) exige que el empleador lleve un registro de ausencias y justificativos. Aunque la SET no regula directamente las licencias médicas, sí controla el cumplimiento del Código Laboral. El certificado médico debe emitirse por un profesional habilitado y contener: diagnóstico (codificado CIE-10), fecha de inicio y duración estimada. Si el trabajador no presenta el certificado en 2 días hábiles, el empleador puede considerar la ausencia injustificada (Art. 81 Código Laboral). La SET también supervisa que el empleador no despida durante la licencia médica, pues sería despido nulo (Art. 94).

4. Procedimiento Práctico para el Profesional

1) Obtener certificado médico detallado el mismo día de la ausencia. 2) Notificar al empleador por escrito (WhatsApp con acuse o nota) dentro de 24 horas. 3) Si la licencia supera 3 días, solicitar al IPS la evaluación médica (turno en el hospital o policlínico). 4) Presentar el formulario IPS 100-02 y DNI en la oficina regional dentro de 5 días hábiles. 5) El empleador debe pagar los primeros 10 días (con tope máximo de salario) y luego el IPS cubre desde el día 11. 6) Mantener copias de todo. Para enfermedades crónicas, renovar la licencia cada 30 días con nuevo certificado. Si el empleador no paga, reclamar ante la SET o el Ministerio de Trabajo.

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Preguntas frecuentes

¿Cuántos días paga el empleador por enfermedad en Paraguay?

El empleador paga los primeros 10 días de licencia por enfermedad no profesional, según Art. 40 del Código Laboral, siempre que exista certificado médico. A partir del día 11, el IPS paga subsidio del 50% del salario promedio.

¿Qué hago si el IPS no me da subsidio?

Si el IPS rechaza el subsidio por falta de cotización o trámite, el empleador sigue obligado a pagar los días correspondientes según el Código Laboral. Puede reclamar ante la SET o el Ministerio de Trabajo. OficioIA te ayuda a redactar la reclamación.

¿Pueden despedirme durante una licencia médica?

No. El despido durante una licencia médica válida es nulo (Art. 94 Código Laboral) si el empleador tenía conocimiento. El trabajador tiene derecho a reintegro o indemnización agravada. Debe presentar denuncia ante la SET.

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