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Requisitos de Primeros Auxilios en Empresas: Guía Legal Paraguay

En Paraguay, la normativa en salud ocupacional exige a todo empleador garantizar condiciones seguras y la atención inmediata ante accidentes laborales. Los requisitos de primeros auxilios no son opcionales: el Código Laboral, el Instituto de Previsión Social (IPS) y la Superintendencia de Seguridad Social (SET) establecen obligaciones concretas. Esta guía detalla los estándares mínimos que tu empresa debe implementar para evitar sanciones y proteger a tus colaboradores.

1. Marco Legal en Paraguay: Código Laboral, IPS y SET

La Ley N° 213/93 del Código Laboral, en su Art. 242, obliga al empleador a adoptar medidas de prevención y seguridad, incluyendo la provisión de botiquines y personal capacitado. El IPS, mediante la Resolución N° 1111/2018 (Reglamento de Salud Ocupacional), exige a las empresas afiliadas tener un programa de salud ocupacional que contemple primeros auxilios. La SET, por su parte, regula la prevención de riesgos laborales y exige la implementación de medidas ante emergencias. Además, la Ley N° 2318/2003 de Seguridad e Higiene en el Trabajo establece la obligación de contar con equipos y materiales para atención inmediata. El incumplimiento genera multas del IPS y clausuras administrativas.

2. Botiquín de Primeros Auxilios: Contenido y Ubicación

El botiquín debe estar ubicado en un lugar accesible, señalizado y de fácil acceso para todos los empleados, según lo estipulado en la Resolución SET N° 12/2015. El contenido mínimo incluye: gasas estériles, vendas elásticas, apósitos, antisépticos (alcohol, yodo), analgésicos básicos, termómetro, tijeras, pinzas, guantes descartables y solución fisiológica. La SET recomienda que el botiquín se revise mensualmente y se repongan los materiales vencidos. Para empresas con más de 50 trabajadores, se exige al menos un botiquín por cada planta o área de trabajo. El responsable de salud ocupacional debe llevar un registro de uso y reposición, y el IPS puede auditar estos elementos durante sus inspecciones.

3. Capacitación Obligatoria en Primeros Auxilios

El Código Laboral (Art. 243) y la Resolución IPS N° 1111/2018 exigen que los empleadores capaciten a su personal en técnicas básicas de primeros auxilios. La SET, a través de su programa de formación, recomienda que al menos el 10% de los trabajadores por turno estén entrenados en RCP y atención de heridas. La capacitación debe ser teórico-práctica, con una duración mínima de 8 horas anuales, y debe repetirse cada año. Los registros de asistencia, certificados y contenidos deben archivarse y presentarse a la IPS o SET cuando lo soliciten. Empresas con más de 100 empleados deben designar un brigadista de emergencia por cada 20 trabajadores, y estos deben recibir formación específica en primeros auxilios con instructores acreditados por el Ministerio de Salud.

4. Plan de Emergencia y Coordinación con IPS

La Ley N° 2318/2003 exige que toda empresa tenga un plan de emergencia que incluya procedimientos para accidentes, incluyendo primeros auxilios, evacuación y comunicación con servicios de salud. Este plan debe ser comunicado a la IPS y actualizado anualmente. En caso de accidente laboral, el empleador debe notificar a la IPS dentro de las 24 horas hábiles (Resolución IPS N° 1111/2018). Además, se debe designar un responsable de primeros auxilios que coordine con el centro de salud más cercano o con el servicio de emergencia médica. La SET evalúa la implementación del plan durante las inspecciones, y su ausencia puede generar multas de hasta 10 salarios mínimos. Para empresas de alto riesgo (construcción, industrial), se exige además un botiquín tipo mochila móvil y vehículo disponible para traslado inmediato.

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Preguntas frecuentes

¿Qué hace el IPS si no tengo botiquín en mi empresa?

El IPS puede aplicar multas que van desde 2 a 10 salarios mínimos, además de ordenar la suspensión de actividades hasta que se regularice la situación. La Resolución N° 1111/2018 establece que la ausencia de botiquín es una infracción grave, y durante las inspecciones se verifica su presencia y contenido.

¿Cada cuánto debo capacitar a mis empleados en primeros auxilios?

La SET recomienda una capacitación anual obligatoria con una duración mínima de 8 horas. Si tu empresa tiene más de 100 empleados, la formación debe incluir prácticas de RCP y uso de desfibrilador, y se debe mantener un registro de asistencia por al menos 5 años para presentar ante las autoridades.

¿Qué pasa si un empleado se accidenta y no hay primeros auxilios disponibles?

El empleador es responsable civil y penalmente. El Código Laboral establece que la falta de atención inmediata agrava la responsabilidad del empleador, pudiendo generar indemnizaciones adicionales y sanciones penales. Además, el IPS puede recargar las cotizaciones en caso de accidentes por incumplimiento de medidas de seguridad.

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