DecretoRRHH

LCT Arts. 158-164 — Licencias Especiales + Ley 23.592 — Actos Discriminatorios

Los artículos 158-164 de la LCT regulan las licencias especiales pagas en Argentina: casamiento (10 días), nacimiento de hijo (2 días hábiles, 15 corridos por Ley 27.591 para no gestante), fallecimiento de familiar (1-3 días), examen en enseñanza oficial (2 días por examen, 10/año), doble escolaridad. La Ley 27.591 amplió la licencia por paternidad/co-maternidad a 15 días corridos. La Ley 23.592 prohíbe actos discriminatorios y permite la reinstalación del trabajador o el pago de daños agravados. Claves para gestores de RRHH en liquidación de haberes y gestión de ausentismo.

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