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Impuesto de Industria y Comercio (ICA) en Colombia: Cómo Liquidar

El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es un tributo municipal en Colombia que grava el ejercicio de actividades industriales, comerciales y de servicios en la jurisdicción del municipio [Ley 14/1983, E.T. art. 195-213]. Es administrado por cada municipio (no por la DIAN), por lo que las tarifas, formularios y fechas varían entre ciudades. Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla tienen sus propias normativas locales.

Quiénes son sujetos pasivos del ICA

Son sujetos del ICA [Ley 14/1983/Estatuto Tributario municipal]: personas naturales y jurídicas que realicen actividades industriales, comerciales o de servicios con o sin establecimiento de comercio en el municipio; también aplica a sociedades de hecho y comunidades organizadas. Actividad industrial: producción, extracción, fabricación, manufactura, confección, reparación. Actividad comercial: compraventa de bienes y mercancías (incluye tiendas online que venden en el municipio). Actividad de servicios: trabajo, labor, ejecución de obras, arrendamiento de bienes muebles, banca, seguros, transporte, comunicaciones, actividades profesionales. Exclusiones: agropecuario puro, venta de inmuebles por vendedores no habituales, exportación de bienes nacionales, y actividades de beneficencia exentas por ley.

Base gravable y qué incluye o excluye

La base gravable del ICA son los ingresos brutos obtenidos en la jurisdicción del municipio durante el período gravable [Ley 14/1983/municipio]. Ingresos que se excluyen de la base [DIAN/municipio]: IVA recaudado; retenciones en la fuente practicadas; descuentos descuentos comerciales imputados en la factura; exportaciones de bienes y servicios; el valor de los activos fijos vendidos. Ingresos de actividad industrial que se atribuyen al municipio sede de la fábrica (no de la venta): en Bogotá, el industrial paga ICA en Bogotá sobre el 100% de producción aunque la venta sea en otro municipio — principio de jurisdicción industrial [DIAN/SDDE Bogotá/VERIFICAR].

Tarifas por actividad en principales ciudades

Las tarifas se expresan en puntos por mil (‰) aplicados sobre la base gravable [Ley 14/1983 — límites nacionales; tarifas locales por Acuerdo municipal/VERIFICAR vigentes]: Bogotá (Acuerdo 469/2011 y modificatorias): actividad industrial 2‰-4‰; comercial 2‰-11.04‰; servicios 2‰-10‰; financiero hasta 6.84‰; Medellín: industrial 1‰-5‰; comercial 4‰-10‰; servicios 5‰-10‰; Cali: rangos similares con sus propios acuerdos; Barranquilla y otras ciudades: cada una tiene su propio Acuerdo municipal. Los límites nacionales son: mínimo 2‰, máximo 10‰ para industria y comercio; hasta 10‰ para servicios en general; hasta 33‰ para entidades financieras [Ley 14/1983 art. 33/VERIFICAR acuerdo local vigente].

Declaración y pago del ICA

El ICA se declara ante la Secretaría de Hacienda del municipio donde se ejerce la actividad. Períodos y plazos según municipio [municipio respectivo/VERIFICAR]: Bogotá: declaración bimestral (formulario SHD para contribuyentes con ingresos superiores a cierta UVT) y anual para pequeños; Medellín y Cali: pueden tener declaración anual o bimestral según el volumen del contribuyente; Bogotá también tiene el sistema de retención de ICA (ReteICA): agentes retenedores (grandes compradores) descuentan ICA al pagar al proveedor, similar a la retención en la fuente de renta. El ReteICA se cruza con la declaración de ICA reduciendo el impuesto a pagar. No declarar o hacerlo extemporáneamente genera sanción mínima municipal más intereses de mora [municipio respectivo].

Cómo te ayuda OficioIA

El Asistente de Finanzas e Impuestos de OficioIA calcula el ICA según la ciudad, el tipo de actividad y los ingresos brutos del período, verifica qué ingresos excluir de la base, y determina si hay ReteICA que compensar en la declaración.

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Preguntas frecuentes

¿Si presto servicios en Bogotá pero mi empresa está en Medellín, en cuál ciudad pago ICA?

El ICA se paga en el municipio donde se ejerce la actividad. Si los servicios se prestan físicamente en Bogotá, el ICA va a Bogotá. Si se prestan de forma remota desde Medellín, puede haber debate — generalmente se atribuye al municipio desde donde se presta el servicio. Verificar con la Secretaría de Hacienda de cada ciudad [municipio/VERIFICAR].

¿Las empresas del Régimen SIMPLE pagan ICA?

El SIMPLE sustituye el ICA del municipio donde está inscrita la empresa — se paga como parte de la tarifa unificada del SIMPLE. Sin embargo, la empresa del SIMPLE solo queda liberada del ICA del municipio donde está domiciliada; si ejerce actividades en otros municipios, puede que deba declarar ICA allí [E.T. art. 907/DIAN/VERIFICAR].

¿Los intereses del banco que me cobran son ingreso del banco sujeto a ICA?

Sí. Para el banco, los intereses son ingresos de actividad financiera sujetos al ICA con tarifa especial (hasta 33‰ en Bogotá para sector financiero, según el Acuerdo). Para el deudor que paga los intereses, estos son gasto, no ingreso — no generan ICA [Ley 14/1983/municipio].

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