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Cuotas Patronales IMSS e INFONAVIT en México: SBC, Ramas y Declaración SUA

Las cuotas obrero-patronales del IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) son las aportaciones que empleadores y trabajadores deben realizar mensualmente para financiar las prestaciones del seguro social [Ley del Seguro Social, art. 15]. Adicionalmente, los empleadores aportan al INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores) el 5% del SBC para la subcuenta de vivienda de cada trabajador. El sistema SUA (Sistema Único de Autodeterminación) es la herramienta oficial para calcular y presentar las cédulas de determinación.

Salario Base de Cotización (SBC): qué incluye y qué excluye

El Salario Base de Cotización (SBC) es la base sobre la que se calculan las cuotas [LSS, art. 27]. Incluye: salario ordinario (diario o mensual), comisiones, horas extra, premios, gratificaciones y cualquier percepciones en efectivo. Se excluyen del SBC (hasta los límites legales): instrumentos de trabajo (herramientas, uniformes), aportaciones al fondo de ahorro (hasta el 13% del salario base del IMSS [IMSS]), vales de despensa en cupones (hasta 40% del SMG), tiempo extraordinario (hasta las primeras 9 horas semanales de una hora extra cuando es ocasional [LSS, art. 27, fracc. VII]), alimentación y habitación (cuando representan un beneficio en especie gratuito). El SBC tiene un tope máximo de 25 UMA diarias [LSS, art. 28] [IMSS].

Partes fija y variable del SBC para trabajadores con salario variable

Para trabajadores con salario variable (comisionistas, destajistas), el SBC se divide en dos partes [LSS, art. 30]. La parte fija es el salario mínimo o el monto fijo garantizado. La parte variable se calcula como el promedio de las percepciones variables de los dos meses anteriores, dividido entre los días del período. Cuando el trabajador percibe más en un bimestre de lo estimado, se hace un ajuste posterior. Para los trabajadores con salario mixto (parte fija + parte variable), se suman ambas partes. El patrón debe reportar al IMSS los cambios de SBC dentro de los 5 días siguientes al cambio [LSS, art. 34].

Ramas del seguro social: qué paga el patrón

Las ramas del Seguro Social y las cuotas patronales aproximadas son [LSS, arts. 106, 147, 168, 211 y 218]: Enfermedad y Maternidad (Prestaciones en Especie): patrón paga cuota fija y cuota proporcional; Enfermedad y Maternidad (Prestaciones en Dinero): patrón y trabajador; Invalidez y Vida: patrón 1.75% + trabajador 0.625%; Retiro (RC): patrón 2%; RCOP (Retiro, Cesantía y Vejez): patrón 3.150% + trabajador 1.125%; Guarderías y Prestaciones Sociales: patrón 1% (sin aportación del trabajador); Riesgo de Trabajo (RT): solo el patrón, prima variable según actividad y siniestralidad (promedio nacional ~1.5-2.5%) [IMSS]. El total patronal aproximado suele estar entre 18% y 22% del SBC.

INFONAVIT: el 5% del patrón para vivienda

El patrón debe aportar mensualmente al INFONAVIT el 5% del SBC de cada trabajador [Ley del INFONAVIT, art. 29]. Esta aportación va a la subcuenta de vivienda de la cuenta individual del trabajador. El trabajador puede usar ese fondo para obtener un crédito hipotecario, para complementar su pensión o retirarlo al jubilarse si no lo usó. El SBC para INFONAVIT tiene el mismo tope que el IMSS (25 UMA diarias [INFONAVIT]). El pago al INFONAVIT se hace bimestralmente, en los meses impares (enero, marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre), con vencimiento el día 17 del mes siguiente al bimestre.

Sistema SUA: cédulas de autodeterminación

El SUA (Sistema Único de Autodeterminación) es el software gratuito del IMSS que los patrones usan para calcular las cédulas de determinación de cuotas [IMSS]. El patrón ingresa los datos de salarios de todos los trabajadores y el SUA calcula automáticamente las cuotas patronales y obreras por cada rama del seguro. Genera el archivo para pago bancario. Desde el IDSE (IMSS Desde Su Empresa) el patrón puede transmitir los movimientos afiliatorios (altas, bajas, modificaciones de salario) sin ir a las subdelegaciones del IMSS. El pago de cuotas bimestrales vence los días 17 de los meses impares; las cuotas mensuales de algunos conceptos tienen fechas diferenciadas [IMSS].

Prima del Seguro de Riesgo de Trabajo: cálculo anual

La prima del Seguro de Riesgo de Trabajo (RT) es variable y cada patrón la calcula anualmente en febrero [LSS, art. 74 y Reglamento de la Ley del SS en materia de afiliación]. El cálculo considera: el promedio de trabajadores expuestos en el año; el total de días de incapacidad temporal y de días de fallecimiento/invalidez del período; la siniestralidad = (incapacidades + fallecidos) / (promedio de trabajadores × días cotizados). La prima del año siguiente = prima del año actual × factor de variación derivado de la siniestralidad. Prima mínima 0.5%, máxima 15% [LSS, art. 73]. La prima se presenta en la cédula de autodeterminación de febrero.

Cómo te ayuda OficioIA

El agente de Finanzas e Impuestos de OficioIA calcula el SBC de cada trabajador según sus percepciones, determina las cuotas patronales y obreras por cada rama del IMSS, calcula la aportación al INFONAVIT, estima la prima del Riesgo de Trabajo y genera los totales para la cédula de determinación mensual.

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Preguntas frecuentes

¿Los vales de despensa electrónicos entran al SBC?

Los vales de despensa en forma de tarjeta electrónica (monedero electrónico) no integran el SBC siempre que su monto no exceda el 40% del salario mínimo general vigente (ahora UMA) [LSS, art. 27, fracc. VI] [IMSS]. Si el vale de despensa excede ese tope, el excedente sí integra el SBC. Los vales en cupones físicos (de papel) tienen el mismo tope. El beneficio debe estar documentado como parte del paquete de compensación del trabajador.

¿Cuándo se reporta una modificación de salario al IMSS?

El patrón debe reportar los movimientos de modificación de salario al IMSS dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que ocurre el cambio [LSS, art. 34]. Los movimientos se transmiten por IDSE. Si el salario cambia frecuentemente (trabajadores variables), el patrón puede optar por reportar el SBC promedio al inicio de cada bimestre en lugar de hacer movimientos por cada cambio [LSS, art. 33]. No reportar oportunamente los cambios puede resultar en cuotas calculadas sobre un SBC incorrecto y generar diferencias de cuotas con recargos.

¿Las cuotas del IMSS e INFONAVIT son deducibles del ISR?

Sí. Las cuotas patronales al IMSS e INFONAVIT son deducibles del ISR de la empresa como gasto de previsión social y gastos de personal [LISR, art. 25, fracc. X] [SAT]. Las cuotas obreras que el patrón paga en lugar del trabajador también pueden ser deducibles bajo ciertas condiciones. La deducción es en el período en que efectivamente se pagan.

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