Impuesto a las Ganancias de Sociedades en Argentina: Tasa, Base y Ajuste por Inflación
Las sociedades de capital (SA, SAS, SRL y otras) tributan Ganancias a una tasa del 35% sobre la ganancia neta imponible del ejercicio [Ley 20.628, art. 73] [AFIP]. A diferencia de las personas físicas, las sociedades no tienen Mínimo No Imponible: pagan el 35% desde el primer peso de ganancia. Las empresas con inflación significativa aplican el ajuste por inflación impositivo para que el impuesto no recaiga sobre ganancias nominales sino sobre ganancias reales.
Determinación de la ganancia neta sujeta a impuesto
La ganancia neta sujeta a impuesto se calcula: ingresos gravados del ejercicio − costo de ventas − gastos necesarios para generar la renta (sueldos, alquileres, servicios, depreciaciones, PTU pagada, contribuciones patronales, intereses, publicidad, etc.) = ganancia neta antes del ajuste por inflación. Luego se aplica el ajuste por inflación impositivo y se obtiene la ganancia neta sujeta a impuesto. Sobre ese resultado se calcula el 35% de impuesto [Ley 20.628] [AFIP]. El ejercicio comercial puede no coincidir con el año calendario (puede cerrar en marzo, junio, etc.).
Ajuste por inflación impositivo: cuándo aplica
El ajuste por inflación impositivo fue reincorporado en Argentina por la Ley 27.430 (2017) para ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2018 [Ley 20.628, arts. 94 a 98]. El ajuste corrige la ganancia imponible por los efectos de la inflación sobre los activos y pasivos monetarios de la empresa, de modo que el impuesto recaiga sobre la ganancia real (en pesos constantes) y no sobre la ganancia nominal inflada. El ajuste puede ser positivo (aumenta la ganancia gravada si hay activos monetarios netos que se desvalorizan) o negativo (reduce la ganancia gravada si hay pasivos monetarios netos que también se desvalorizan). A partir de 2022, el ajuste se aplica íntegramente en el año [AFIP].
Deducciones principales de las empresas
Las principales deducciones que reducen la ganancia gravada de una empresa son [Ley 20.628, arts. 83 y siguientes] [AFIP]: sueldos y cargas sociales del personal en relación de dependencia; alquileres de bienes usados en la actividad; gastos de mantenimiento; depreciación de bienes del activo fijo (amortizaciones); intereses de deudas contraídas para financiar la actividad; gastos de publicidad y comercialización; honorarios de directores (con límite del 25% de la ganancia contable antes de deducirlos, o el monto fijo por director que se actualiza [AFIP]); incobrables; gastos de investigación y desarrollo. La PTU pagada a los empleados también es deducible en el período de pago.
Anticipos de Ganancias de sociedades
Las sociedades deben pagar anticipos de Ganancias durante el ejercicio fiscal [Ley 11.683, art. 21] [AFIP]. Los anticipos se calculan como un porcentaje del impuesto del ejercicio anterior y se pagan en cuotas bimestrales. La base del cálculo son los vencimientos del F.931 y del F.713 (declaración anual). Si el resultado del ejercicio actual se estima menor que el año anterior, se puede solicitar la reducción de anticipos ante AFIP. La no presentación de anticipos o el pago fuera de término genera intereses resarcitorios del 3-4% mensual [AFIP].
Dividendos: impuesto de igualación y retención
Cuando una sociedad distribuye dividendos o utilidades a sus accionistas o socios personas físicas residentes, aplica una retención del 7% de 'dividendos' (impuesto cedular) sobre el monto distribuido [Ley 20.628, art. 97] [AFIP]. Este impuesto del 7% es a cargo del accionista y la sociedad actúa como agente de retención. Adicionalmente, si la sociedad distribuye dividendos superiores a la ganancia impositiva acumulada (la llamada 'diferencia positiva de balance'), aplica el impuesto de igualación [Ley 20.628, art. 102] [AFIP]: la sociedad paga el 35% sobre el excedente, asegurando que todos los dividendos hayan tributado al 35%.
Vencimiento de la declaración anual de Ganancias de sociedades
La declaración jurada anual de Ganancias de personas jurídicas vence en el quinto mes siguiente al cierre del ejercicio comercial [AFIP]. Para ejercicios que cierran el 31 de diciembre, el vencimiento es en mayo del año siguiente. Para ejercicios que cierran el 31 de marzo (por ejemplo, algunas agrícolas), el vencimiento es en agosto. El pago del saldo de impuesto vence junto con la presentación. El sistema informático SIAP o las plataformas de los estudios contables permiten generar el formulario de presentación (F.500 para personas jurídicas) y la VOEPde pago [AFIP].
Cómo te ayuda OficioIA
El agente de Finanzas e Impuestos de OficioIA calcula el impuesto a las Ganancias estimado de una empresa a partir de los estados contables, aplica el ajuste por inflación impositivo, determina las deducciones procedentes, calcula los anticipos que corresponden y verifica los vencimientos según el cierre del ejercicio.
Calcular Ganancias de mi empresaPreguntas frecuentes
¿Una SAS paga Ganancias igual que una SA?
Sí. Las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) están incluidas entre los sujetos del artículo 73 de la Ley de Ganancias y tributan a la alícuota del 35% sobre la ganancia neta [Ley 20.628, art. 73, inc. a)] [AFIP]. No existe un tratamiento diferenciado por la forma jurídica entre SA, SRL y SAS en lo que respecta al impuesto a las Ganancias empresario.
¿Las pérdidas de un año se pueden compensar en años siguientes?
Sí. Las pérdidas fiscales de un ejercicio pueden arrastrarse para compensar ganancias de los 5 ejercicios siguientes [Ley 20.628, art. 26] [AFIP]. Existe un límite de compensación: en cada ejercicio no pueden compensarse más pérdidas que el 25% de la ganancia neta del período (aunque la norma ha tenido modificaciones recientes [AFIP]). Las pérdidas que no se consuman en 5 años prescriben. Es importante distinguir la pérdida contable de la pérdida fiscal impositiva, que pueden diferir significativamente.
¿El ajuste por inflación aumenta o reduce el impuesto?
Depende de la posición monetaria de la empresa. Si la empresa tiene más activos monetarios que pasivos monetarios (posición activa neta), el ajuste por inflación es positivo y aumenta la ganancia gravada (porque esos activos se desvalorizan con la inflación y la empresa 'pierde' en términos reales). Si tiene más deudas que activos monetarios (posición pasiva neta), el ajuste es negativo y reduce la ganancia gravada. En épocas de alta inflación argentina, las empresas con deuda bancaria significativa tienden a tener ajustes negativos que reducen el impuesto.
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