Factura electrónica en Chile: DTE, tipos de documento y cómo emitir en el SII
El sistema de facturación electrónica en Chile se llama DTE (Documento Tributario Electrónico) y es administrado por el SII (Servicio de Impuestos Internos). Desde 2018 todos los contribuyentes están obligados a emitir DTE para sus operaciones comerciales. El SII ofrece un sistema gratuito de emisión (Facturador Gratuito) y también permite usar software privado autorizado. Esta guía explica los tipos de documentos, el proceso de emisión y las obligaciones del receptor.
1. Tipos de DTE y cuándo usar cada uno
El SII define varios tipos de Documentos Tributarios Electrónicos, identificados por número: Factura Electrónica (tipo 33): emitida entre empresas contribuyentes de IVA. Discrimina el IVA. El receptor la usa como crédito fiscal. Equivalente a la factura A argentina. Factura No Afecta o Exenta (tipo 34): para operaciones exentas de IVA (servicios médicos, educación, arriendos de inmuebles sin amoblar). No incluye IVA. Liquidación Factura (tipo 43): para mandatarios que venden por cuenta de terceros (consignaciones). Boleta Electrónica Afecta (tipo 39): para ventas a consumidores finales con IVA incluido en el precio. Equivalente a la factura B argentina. Boleta Electrónica No Afecta o Exenta (tipo 41): para ventas o servicios exentos a consumidores finales. Nota de Débito Electrónica (tipo 56): aumenta el monto de una factura previamente emitida (intereses, cargos adicionales). Nota de Crédito Electrónica (tipo 61): disminuye el monto de una factura (descuentos, devoluciones). El receptor que la recibe debe reducir su crédito fiscal. Guía de Despacho Electrónica (tipo 52): acompaña el traslado de bienes (puede ser sin factura cuando no se conoce el precio definitivo al momento del traslado).
2. CAF: qué es y cómo obtenerlo
El CAF (Código de Autorización de Folios) es un archivo XML que el SII entrega al contribuyente y que autoriza a emitir documentos en un rango de folio (número correlativo) determinado. Por qué existe el CAF: cada DTE tiene un número de folio único. El SII autoriza bloques de folios por tipo de documento (ej: folios 1 al 100 para Factura tipo 33). El contribuyente no puede emitir más documentos del tipo hasta que solicite un nuevo CAF. Cómo solicitar el CAF: 1. sii.cl con Clave Tributaria → Factura Electrónica → Administración de Documentos → Solicitar CAF 2. Elegís el tipo de documento y la cantidad de folios que necesitás 3. El SII genera el archivo CAF (XML) en minutos 4. Descargás el CAF y lo cargás en tu sistema de facturación (Facturador SII o software privado) El CAF no vence, pero tiene una fecha a partir de la cual los folios son válidos. Si pasaron más de 6 meses sin usar folios de un CAF, el SII puede invalidarlo automáticamente (verificar política vigente del SII).
3. Cómo emitir un DTE en el sistema gratuito del SII
El SII ofrece el Facturador Gratuito para contribuyentes que no tienen software de facturación propio. Acceso desde misiir.cl o sii.cl: 1. Ingresás con Clave Tributaria → Portal MIPYME → Facturador Gratuito 2. Seleccionás el tipo de documento (33 - Factura, 39 - Boleta, etc.) 3. Completás los datos: • RUT del receptor (el sistema lo valida en línea contra el SII) • Razón social del receptor (se autocompleta con el RUT) • Fecha de emisión • Descripción del bien o servicio, cantidad, precio unitario • El sistema calcula el subtotal, IVA (19%) y total automáticamente • Forma de pago (contado, crédito, sin definir) 4. Revisás y emitís → el sistema genera el XML del DTE, lo firma digitalmente y lo envía al SII para autorización 5. El SII devuelve el IECV (folio autorizado) en segundos 6. Descargás el PDF de la factura (con timbre electrónico del SII al pie) 7. Enviás el PDF por email al receptor — esto es suficiente, no se imprime obligatoriamente Envío al receptor: el emisor está obligado a enviar el DTE (en formato XML) al receptor. El PDF es la representación imprimible pero el original válido es el XML con firma electrónica.
4. Aceptación o rechazo del DTE por el receptor
El receptor de un DTE tiene la obligación de revisarlo y aceptarlo o rechazarlo dentro de un plazo de 8 días corridos desde la recepción [LEY — verificar plazo vigente SII]. Proceso de aceptación/rechazo: • El receptor recibe el XML del DTE (por email o sistema EDI) • Ingresa al portal SII → Registro de Compras y Ventas → revisa los DTE recibidos • Puede: ACEPTAR (conforme, la factura se registra en el LCV), ACEPTAR CON RECLAMO (el bien/servicio fue recibido pero hay discrepancias en precio o cantidad), RECHAZAR (no aceptar la factura — el emisor debe emitir nota de crédito para anular) Si el receptor no hace nada en 8 días, el DTE se considera ACEPTADO TÁCITAMENTE. Si rechaza, el emisor debe emitir una Nota de Crédito para dejar sin efecto el DTE y, si corresponde, emitir uno nuevo correcto. Efecto en el crédito fiscal: el receptor puede usar el DTE como crédito fiscal del IVA a partir de la fecha de aceptación (o aceptación tácita). El SII integra automáticamente los DTE aceptados en el F29 del receptor.
5. Libro de Compras y Ventas electrónico
Desde que el DTE es obligatorio, el SII construye automáticamente el Libro de Compras y Ventas (LCV) de cada contribuyente con base en los DTE emitidos y recibidos. Ventas: todos los DTE que emitiste (facturas, boletas, notas de crédito/débito) se registran automáticamente como ventas en tu LCV del SII. Compras: todos los DTE que recibís y aceptás se registran como compras en tu LCV. El IVA de esas compras es tu crédito fiscal. Revisión mensual obligatoria: antes del día 10 de cada mes, debés revisar el LCV del mes anterior en el portal SII, agregar cualquier documento que no haya quedado registrado (importaciones, boletas de honorarios, etc.) y 'cerrar' el período para que el F29 pre-llenado sea correcto. Boletas de honorarios de independientes: las BHE (Boletas de Honorarios Electrónicas) que recibís de trabajadores independientes se registran automáticamente en el LCV como gasto, pero el IVA no aplica (los honorarios no tienen IVA). Sí aplica la retención del impuesto de segunda categoría que debes retener y enterar en el F29.
Cómo te ayuda OficioIA
El agente Contador de OficioIA te guía en la solicitud del CAF para cada tipo de documento, el proceso de emisión en el Facturador SII, cómo gestionar el rechazo de un DTE y cómo revisar el Libro de Compras y Ventas mensual para que el F29 pre-llenado sea correcto.
Resolver mi facturación electrónica Chile con IAPreguntas frecuentes
¿Puedo emitir facturas en papel todavía en Chile?
No, salvo situaciones de contingencia (falla en el sistema del SII o corte de internet). En esos casos existe el procedimiento de 'documentos de reemplazo' que permite emitir documentos en papel temporalmente, los cuales deben regularizarse en el sistema DTE una vez restablecida la conexión.
¿La boleta electrónica requiere el RUT del comprador?
No siempre. Las boletas a consumidores finales por montos bajo cierto umbral pueden emitirse sin RUT del receptor. Por encima de ese monto (verificar monto vigente en el SII), es obligatorio registrar el RUT del comprador para que pueda usar la boleta en sus deducciones del IRPF.
¿Un profesional independiente a honorarios emite facturas o boletas?
Los profesionales independientes (médicos, ingenieros, abogados, contadores) emiten Boleta de Honorarios Electrónica (BHE), no facturas. Las BHE no incluyen IVA (los servicios profesionales de personas naturales están exentos) y se emiten directamente desde el portal SII sin necesidad de CAF.
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