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Bienes Personales en Argentina: qué declarar, alícuotas y cómo presentar ante AFIP

El Impuesto sobre los Bienes Personales está regulado por la Ley 23.966 y grava el patrimonio personal de las personas físicas domiciliadas en Argentina al 31 de diciembre de cada año. A diferencia de Ganancias (que grava flujos de ingresos), Bienes Personales grava el stock de riqueza acumulado. La declaración se presenta ante AFIP entre junio y julio del año siguiente al período fiscal.

1. Qué bienes se declaran y cómo se valúan

Se declaran todos los bienes que la persona física tenga al 31 de diciembre del año fiscal, valuados según las normas de la Ley 23.966: Inmuebles (Art. 22 inc. a Ley 23.966): • Inmuebles en el país: valuación fiscal (base imponible del impuesto inmobiliario provincial). Si el costo de adquisición es mayor, se puede optar por ese valor. No se usa el valor de mercado. • Inmuebles en el exterior: valor de adquisición en moneda extranjera convertido al tipo de cambio del 31/12 [AFIP] Automotores y rodados (Art. 22 inc. b): • Valor de tabla publicada por AFIP según marca, modelo y año. Si el costo de adquisición es mayor, se usa ese valor. Los vehículos con más de 5 años de antigüedad se declaran por el 0% (totalmente amortizados). Cuentas bancarias (Art. 22 inc. j): • El saldo al 31/12 de cuentas corrientes, cajas de ahorro, plazos fijos. Las cajas de ahorro en pesos están exentas si son del titular. Acciones y participaciones societarias (Art. 22 inc. h): • Acciones de SA: cotización bursátil si cotiza, o valor patrimonial proporcional si no cotiza • Participaciones en SRL, SAS: valor patrimonial proporcional según último balance • Las empresas actúan como 'responsables sustitutos' para las acciones/cuotas (pagan Bienes Personales por sus socios y lo retienen del dividendo) Créditos y derechos (Art. 22 inc. d): préstamos otorgados a terceros, saldos a cobrar. Joyas, obras de arte, objetos de colección (Art. 22 inc. c): costo de adquisición actualizado.

2. Mínimo no imponible y alícuotas

Mínimo No Imponible (MNI): si el total del patrimonio valuado es menor al MNI, no se paga Bienes Personales. El MNI se actualiza periódicamente por inflación [AFIP — verificar monto vigente]. El inmueble destinado a casa habitación tiene un MNI adicional (exención especial) que también actualiza AFIP. Escala progresiva de alícuotas (Ley 23.966 Art. 25, actualizada por reformas): Bienes en el país: • Tramo 1 (desde el MNI hasta cierto umbral): alícuota mínima ~0,5% [VERIFICAR] • Tramos medios: alícuotas intermedias ~0,75% y 1% • Tramo máximo (patrimonios altos): alícuota máxima ~1,25% [VERIFICAR] Bienes en el exterior (Ley 27.541 y modificaciones): las alícuotas para bienes fuera del país son el doble de las del país en cada tramo, salvo que los bienes se repatríen voluntariamente al país (en ese caso se aplica la alícuota general). [Las alícuotas exactas y los tramos se modifican con frecuencia por leyes de presupuesto — verificar tabla vigente en AFIP para el período fiscal que declarás]

3. Bienes exentos: qué NO se declara

Están exentos del impuesto (Art. 21 Ley 23.966): • El inmueble destinado a casa habitación, hasta cierto valor [AFIP — verificar tope] • Las cuotas de los planes de seguro de retiro privado y jubilaciones privadas • Los depósitos en entidades financieras del país (cajas de ahorro, plazos fijos) — están exentos aunque el saldo esté al 31/12 • Las cuotas sociales de cooperativas • Los bienes amparados por franquicias diplomáticas • Los objetos pertenecientes a colecciones científicas, históricas o artísticas debidamente registradas • Cuotas partes de fondos comunes de inversión — depende del tipo de FCI • Los bienes en el exterior de personas que no tengan domicilio en Argentina (no residentes) Importante sobre las acciones/participaciones en empresas: desde el régimen del 'responsable sustituto', las empresas liquidan y pagan el Bienes Personales correspondiente a sus socios/accionistas. Los socios NO vuelven a declarar esas acciones en su DJ personal (evita doble imposición). Solo se declaran acciones de empresas del exterior o si la empresa no cumplió el pago como sustituta.

4. Cómo presentar la declaración ante AFIP

La declaración se presenta con el Formulario F.762/A mediante el aplicativo AFIP 'Bienes Personales - Personas Físicas y Sucesiones Indivisas'. Pasos: 1. Descargás el aplicativo AFIP Bienes Personales (o usás la versión online en afip.gob.ar si está disponible para tu perfil) 2. Cargás todos los bienes al 31/12 con sus valuaciones correspondientes 3. El sistema calcula el patrimonio total, descuenta el MNI y aplica la escala de alícuotas 4. Si hay impuesto a pagar, generás el VEP y pagás por homebanking 5. Presentás la DJ antes del vencimiento Vencimientos [AFIP — verificar calendario vigente]: en general entre junio y julio del año siguiente al período fiscal (ej. Bienes Personales 2025 se declara en junio-julio 2026), con fechas escalonadas según terminación de CUIT. Anticipo de Bienes Personales: AFIP puede exigir un anticipo del impuesto en junio del propio año fiscal (antes de hacer la DJ anual). El anticipo se calcula como porcentaje del impuesto del año anterior [AFIP — verificar si el anticipo está vigente para el período actual].

5. Responsable sustituto: empresas que pagan por sus socios

El régimen del responsable sustituto (Art. 25.1 Ley 23.966) establece que las sociedades (SA, SRL, SAS, etc.) domiciliadas en Argentina actúan como sustitutos de sus accionistas/socios y pagan el Bienes Personales correspondiente a las acciones/participaciones que estos poseen. Cómo funciona: • La empresa calcula el patrimonio neto contable al 31/12 y aplica la alícuota del responsable sustituto [AFIP] sobre la totalidad del PN (sin discriminar por socio) • La empresa paga el impuesto entre junio y julio del año siguiente • La empresa puede retener ese importe de los dividendos o pagos que realice a sus socios, o acordar que los socios le reembolsen el impuesto pagado Efecto para el socio persona física: el socio NO incluye esas participaciones en su DJ personal de Bienes Personales, ya que la empresa ya tributó como sustituta. Solo declara las acciones/participaciones en empresas del exterior. Importante para PyMEs: si la empresa no pagó el Bienes Personales como sustituta, el impuesto recae solidariamente sobre los socios, que deben declararlo en su DJ personal con potenciales diferencias de alícuota.

Cómo te ayuda OficioIA

El agente Contador de OficioIA calcula tu patrimonio neto al 31 de diciembre, determina la valuación de cada tipo de bien según las normas AFIP, identifica qué activos están exentos, proyecta el impuesto de Bienes Personales y evalúa si conviene repatriar activos del exterior para aplicar la alícuota reducida.

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Preguntas frecuentes

¿El auto que uso para trabajar se declara en Bienes Personales?

Sí, los vehículos automotores se declaran en Bienes Personales valuados por tabla AFIP según marca, modelo y año, independientemente de si son de uso laboral o personal. Los vehículos con más de 5 años se declaran en $0 (totalmente amortizados a efectos del impuesto).

¿Los plazos fijos se declaran en Bienes Personales?

Los plazos fijos en pesos en entidades financieras del país están exentos. Los plazos fijos en dólares o en moneda extranjera sí están alcanzados y se convierten al tipo de cambio del 31/12. Los plazos fijos en el exterior siempre se declaran con alícuota mayor.

¿Qué pasa si tengo propiedades en el exterior?

Los bienes en el exterior pagan alícuota doble respecto a los bienes en el país. Para reducir esa carga, existe la opción de repatriación voluntaria (ingresar los fondos al país antes de ciertas fechas definidas por AFIP), lo que permite aplicar la alícuota general del país.

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