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Auditorías Tributarias en Ecuador: Guía para Profesionales 2025

Las auditorías tributarias (fiscalizaciones) del SRI y las verificaciones del IESS son procesos críticos para cualquier empresa o profesional en Ecuador. Un error de procedimiento o una falta de documentación puede derivar en sanciones económicas, intereses y multas. Esta guía técnica, dirigida a contadores, CFOs y asesores financieros, resume los puntos clave de la normativa vigente (Código Tributario, Ley de Régimen Tributario Interno - LRTI, y Ley de Seguridad Social), los derechos del contribuyente y las mejores prácticas para minimizar riesgos.

1. Marco Legal y Facultades del SRI

En Ecuador, la facultad fiscalizadora del SRI se sustenta en el Código Tributario (arts. 67, 68 y 69). El SRI puede determinar la obligación tributaria mediante declaración, estimación o mixta. Para profesionales, es vital conocer que la administración tiene un plazo de 3 años (art. 90 y 94) para determinar obligaciones desde la fecha de vencimiento de la declaración, y 6 años si no se declaró. Durante una auditoría, el SRI puede solicitar libros, registros contables, comprobantes de venta y retención (facturas electrónicas), y cualquier documento que respalde transacciones. La falta de entrega injustificada puede configurar una contravención (art. 101).

2. Etapas del Proceso de Fiscalización

El proceso inicia con una notificación (carta de presentación del agente fiscalizador) y el requerimiento de información. Luego viene la etapa de análisis y la emisión de la 'Acta de Hechos' (si hay glosas) o del 'Informe de Fiscalización'. El contribuyente tiene derecho a presentar descargos y pruebas dentro de los términos legales (art. 90 y ss. del Código Tributario). Posteriormente, la administración emite la Resolución de Determinación, que puede ser impugnada vía administrativa (recurso de revisión) o judicial (reclamación contencioso-tributaria ante el Tribunal Distrital de lo Contencioso Tributario). No omita: el silencio administrativo positivo aplica en casos de peticiones no resueltas en 120 días (art. 143).

3. Auditoría del IESS: Obligaciones del Empleador

Paralelamente al SRI, el IESS (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social) realiza auditorías a los empleadores, basadas en la Ley de Seguridad Social (arts. 73, 290 y siguientes). Se auditan los avisos de entrada y salida, la base de aportes (remuneraciones pagadas) y el pago oportuno de las planillas. El incumplimiento en el pago genera mora (recargos e intereses) según el art. 73 de la Ley del IESS, y la falta de afiliación puede derivar en multas del 20% del valor de las aportaciones no pagadas (art. 238). Para el profesional, es crucial conciliar los roles de pago con las planillas del IESS, pues las diferencias detectadas se convierten en glosas automáticas con recargo del 10% por cada mes de retraso.

4. Estrategias de Cumplimiento y Defensa

La mejor defensa es la prevención. Mantenga un archivo físico y digital ordenado de respaldos (contratos, actas de junta, comprobantes electrónicos, roles de pago). Use el sistema de facturación electrónica SRI al día. Ante una notificación, no ignore los plazos: un descargo presentado fuera de término pierde validez. Si recibe un Acta de Hechos, analice la procedencia de las glosas y presente pruebas de manera técnica. Considere la posibilidad de acogerse a facilidades de pago (art. 24 del Código Tributario) si existe deuda firme. Para casos complejos, la asesoría de un abogado tributarista es indispensable. La conciliación tributaria ante el SRI (art. 145) es una alternativa para reducir sanciones.

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OficioIA asiste a profesionales en finanzas y contadores en la preparación de descargos, análisis de actas de determinación, cálculo de intereses y mora, y generación de escritos formales dirigidos al SRI o IESS. Con acceso a la normativa ecuatoriana actualizada, puede revisar borradores de respuestas a requerimientos, verificar plazos legales y estructurar recursos administrativos, reduciendo el margen de error humano en procesos críticos.

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Preguntas frecuentes

¿Qué plazo tengo para responder a un requerimiento del SRI?

Según el art. 90 del Código Tributario, el contribuyente tiene 20 días hábiles para contestar el requerimiento inicial, prorrogables por 10 días más si la petición se justifica. Es obligatorio presentar la información solicitada; no hacerlo puede generar multas del 1% del patrimonio por cada mes de retraso, según el art. 101.

¿Cuáles son las sanciones más comunes en una fiscalización del SRI?

Las más frecuentes son multas por omisión de ingresos (50% del impuesto causado), inexactitud en declaraciones (art. 102 del Código Tributario, multa del 15% de la diferencia), y sanciones por no entregar información (art. 101). Si hay dolo, puede haber pena privativa de libertad según el art. 298 del COIP.

¿Puedo impugnar una resolución del SRI o del IESS?

Sí. Ante el SRI, tiene 20 días hábiles desde la notificación de la resolución para presentar recurso de revisión (art. 248 del Código Tributario). Para el IESS, la impugnación se realiza ante el Director General del IESS y luego en sede judicial. En ambos casos, es recomendable actuar con un abogado de confianza.

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