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Terminación de la Relación Laboral en México: Guía Legal 2025

La terminación de la relación laboral en México es un proceso crítico que involucra la Ley Federal del Trabajo (LFT), obligaciones ante el IMSS y el SAT, y el cumplimiento de normas de la STPS como la NOM-035. Un error en este proceso puede derivar en demandas por despido injustificado, multas fiscales y riesgos psicosociales. Esta guía te ofrece un panorama técnico para gestionar ceses, renuncias y finiquitos de manera legal y estratégica.

1. Tipos de terminación según la LFT

La LFT distingue entre renuncia (art. 53-I), terminación por mutuo consentimiento (art. 53-II), y despido justificado (art. 47) o injustificado (art. 48). El despido injustificado genera derecho a indemnización constitucional (art. 123, fracc. XXII) y salarios caídos. Para un cese válido, el patrón debe comprobar la causa legal ante un tribunal. La renuncia debe ser voluntaria y sin vicios; si se demuestra coacción, se considera despido. Además, la NOM-035-STPS-2018 exige evaluar factores de riesgo psicosocial previo a cualquier terminación, para evitar responsabilidades.

2. Finiquito vs. Liquidación: diferencias y cálculo

El finiquito corresponde a la renuncia o cese por causa justificada: partes proporcionales de aguinaldo (art. 87), vacaciones y prima vacacional (arts. 76-80), y salarios pendientes. La liquidación aplica en despido injustificado o terminación por causa imputable al patrón (art. 50), e incluye 3 meses de salario (indemnización constitucional), 20 días por año trabajado (art. 50, fracc. II) y prima de antigüedad (art. 162). Para calcular el salario diario integrado (SDI) se usa el artículo 84 LFT, que incluye prestaciones como aguinaldo y bonos. El SDI es base para IMSS e ISR.

3. Obligaciones ante el IMSS y el SAT

El patrón debe notificar al IMSS la baja del trabajador dentro de los 5 días hábiles siguientes a la terminación (art. 15, fracc. III LSS). Si no se reporta, se generan cuotas obrero-patronales indebidas. Para el SAT, el finiquito y la liquidación son ingresos acumulables para el trabajador, pero exentos hasta 90 UMA (art. 93, fracc. I LISR). El patrón debe emitir CFDI de nómina con clave de tipo de percepción (ej. 004 finiquito, 005 liquidación) y retener ISR. Además, se debe entregar constancia de retenciones y el comprobante de finiquito al trabajador.

4. Riesgos legales y la NOM-035-STPS-2018

Un proceso de terminación mal ejecutado puede provocar demandas por despido injustificado, reclamación de salarios caídos y daño moral. La NOM-035 exige que los patrones identifiquen y atiendan factores de riesgo psicosocial; si el despido ocurre después de una queja de acoso, podría considerarse represalia. Además, la reforma de 2021 (LFT) incluye el teletrabajo y la terminación por causas de fuerza mayor (art. 53-VI). Se recomienda implementar un protocolo de terminación que incluya actas, testigos y evaluación de riesgos.

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OficioIA te asiste en la redacción de cartas de renuncia, finiquitos, actas de terminación y avisos al IMSS/SAT. Nuestra plataforma genera documentos personalizados conforme a la LFT y te guía en el cálculo de indemnizaciones y obligaciones fiscales. Además, puedes consultar escenarios de despido justificado/injustificado y recibir alertas sobre plazos legales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no doy aviso de baja al IMSS?

El patrón debe reportar la baja dentro de 5 días hábiles. Si no lo hace, seguirá pagando cuotas y puede recibir multas del IMSS. Además, el trabajador podría seguir acumulando semanas cotizadas, generando responsabilidad al patrón.

¿Cómo se calcula el finiquito en una renuncia?

Incluye salarios devengados no pagados, parte proporcional de aguinaldo (15 días por año, art. 87), vacaciones no tomadas (mínimo 12 días por año, art. 76) y prima vacacional (25% sobre vacaciones). No incluye indemnización de 3 meses.

¿Qué impuestos se pagan por liquidación?

La liquidación está exenta de ISR hasta 90 UMA (aprox. $3,600 en 2025). El excedente se grava como ingreso acumulable. El patrón debe emitir CFDI con clave 005 y retener ISR conforme a la tarifa del artículo 96 LISR.

¿La NOM-035 aplica en despidos?

Sí, la NOM-035 exige evaluar factores de riesgo psicosocial. Si el despido ocurre sin haber atendido denuncias de acoso, el trabajador podría argumentar que es represalia. Se recomienda documentar evaluaciones y medidas preventivas.

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