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Telemedicina en Colombia: Guía Legal y Normativa para Profesionales

La telemedicina en Colombia ha crecido exponencialmente, pero su ejercicio exige cumplir un marco normativo complejo que integra la Ley 1419 de 2010, la Resolución 2654 de 2019, el Código Sustantivo del Trabajo (CST), las directrices del SENA para formación y la facturación electrónica exigida por la DIAN. Esta guía le orienta sobre los aspectos legales esenciales para ejercer la telemedicina de forma segura y conforme a la ley.

1. Marco Legal Principal de la Telemedicina

La telemedicina en Colombia se sustenta en la Ley 1419 de 2010, que define la telesalud y establece principios de calidad y equidad. La Resolución 2654 de 2019 del Ministerio de Salud regula la práctica de la telemedicina, diferenciando modalidades interactiva, no interactiva y remota. Además, la Ley 2015 de 2020 (consulta popular) y la Ley 2082 de 2021 (telesalud) actualizan el marco. Para profesionales, es clave conocer la Resolución 3100 de 2020 que establece estándares de habilitación de servicios de salud, incluyendo la telemedicina. Estas normas definen requisitos de infraestructura tecnológica, consentimiento informado y responsabilidad médica.

2. Requisitos para Prestar Servicios de Telemedicina

Según la Resolución 2654 de 2019, los profesionales deben estar inscritos en el Registro Único Nacional de Talento Humano en Salud (ReTHUS) y contar con tarjeta profesional vigente. Además, la institución prestadora debe estar habilitada por la Secretaría de Salud correspondiente. Se exige un contrato de prestación de servicios que especifique las condiciones de la teleconsulta, y el paciente debe otorgar consentimiento informado. La historia clínica debe diligenciarse electrónicamente conforme a la Resolución 1995 de 1999 y la Ley 1581 de 2012 sobre protección de datos. En cuanto a la plataforma, debe garantizar confidencialidad y trazabilidad de la información.

3. Aspectos Laborales y Formación (CST y SENA)

El Código Sustantivo del Trabajo (CST) aplica a los profesionales de la salud vinculados mediante contrato laboral. En telemedicina, se deben respetar las jornadas máximas (art. 161 CST) y el pago de horas extras si se exceden. El teletrabajo se regula por la Ley 1221 de 2008, pero la telemedicina no siempre es teletrabajo; si el profesional presta servicios desde su domicilio, debe existir un acuerdo escrito que defina condiciones. El SENA, por su parte, ofrece programas de formación complementaria en telesalud y habilidades digitales, y sus certificaciones son válidas para actualización profesional. La afiliación a ARL y EPS es obligatoria si hay contrato laboral, según el artículo 15 del CST.

4. Facturación Electrónica y Obligaciones con la DIAN

Los profesionales de la salud que facturen por servicios de telemedicina deben cumplir con la Resolución DIAN 000165 de 2023 (factura electrónica de venta). A partir del 1 de enero de 2024, todos los facturadores electrónicos deben emitir factura electrónica con validación previa. Para servicios de salud, se usa el código de actividad económica 8621 (servicios médicos) y el régimen tributario puede ser simplificado o común. La factura debe incluir el NIT, la razón social, la descripción del servicio (telemedicina) y el valor. Además, se debe expedir la cuenta de cobro si el profesional no está obligado a facturar (régimen simplificado), pero la DIAN recomienda facturar electrónicamente para mayor control. La retención en la fuente por servicios de salud es del 4% (art. 392 ET), y la tarifa de IVA es del 5% para servicios de salud según el artículo 462-1 del ET.

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En OficioIA, podemos revisar su contrato de prestación de servicios de telemedicina, verificar el cumplimiento de la normativa SENA y DIAN, y asesorarle en la estructuración laboral bajo el CST. Nuestro asistente IA le guía en la interpretación de resoluciones, generación de plantillas de consentimiento informado y facturación electrónica, reduciendo riesgos legales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué normativa principal regula la telemedicina en Colombia?

La principal es la Resolución 2654 de 2019 del Ministerio de Salud, que regula la práctica de telemedicina, complementada por la Ley 1419 de 2010 y la Ley 2082 de 2021. También debe cumplir con la Resolución 3100 de 2020 para habilitación de servicios.

¿Debo facturar electrónicamente por servicios de telemedicina?

Sí, si está obligado a facturar según la DIAN. Desde 2024, la factura electrónica es obligatoria para todos los facturadores. Debe usar el código CIIU 8621 y aplicar la retención del 4% y el IVA del 5% si aplica.

¿El SENA ofrece cursos para telemedicina?

El SENA ofrece programas de formación complementaria en telesalud, telemedicina y manejo de tecnologías de la información. Estos cursos son gratuitos y pueden ayudar a cumplir con los requisitos de actualización profesional.

¿Cómo se aplica el Código Sustantivo del Trabajo a un médico que presta telemedicina?

Si existe subordinación laboral, se aplica el CST: contrato escrito, afiliación a seguridad social, jornada máxima de 8 horas diarias (art. 161), y pago de prestaciones. Si es prestación de servicios independiente, no aplica el CST sino un contrato civil.

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