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Subsidios y Fondos Públicos para PYMES en Costa Rica: Guía 2025

En Costa Rica, las pequeñas y medianas empresas (PYMES) pueden acceder a subsidios y fondos no reembolsables provenientes de programas como el Fondo de Propósitos Múltiples del IMAS, el Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD) y el PROPYME del MICITT. Sin embargo, obtener estos recursos implica cumplir con obligaciones laborales (Código de Trabajo), de seguridad social (CCSS) y tributarias (Ministerio de Hacienda). Esta guía le explica los requisitos legales y los pasos para postular sin arriesgar su cumplimiento.

1. Fondos No Reembolsables: PROPYME y SBD

El Programa de Propiedad Intelectual y Desarrollo Empresarial (PROPYME) del MICITT ofrece subsidios no reembolsables para innovación. El SBD, mediante sus operadoras (fundaciones y cooperativas), otorga créditos blandos y algunos fondos de capital semilla. Para aplicar, su empresa debe estar inscrita en el Registro de PYMES del MEIC. Recuerde que los fondos recibidos están sujetos a impuestos (renta) según la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley N° 9635). Si recibe más de ¢500,000, deberá emitir factura electrónica y reportar el ingreso a Hacienda.

2. Obligaciones Laborales al Recibir Fondos

Contratar personal con subsidios no le exime del Código de Trabajo (Ley N° 2). Debe registrar el contrato ante el Ministerio de Trabajo, pagar aguinaldo (art. 42), preaviso y cesantía (art. 28 y 29). Si despide a un trabajador sin causa justificada, debe pagar indemnización. Los subsidios no pueden utilizarse para pagar salarios por debajo del salario mínimo decretado. Además, si recibe fondos para capacitación, no podrá descontar esos costos al trabajador. El incumplimiento genera multas de hasta 10 salarios mínimos.

3. Seguridad Social: Inscripción y Planillas

La CCSS exige que todo patrono (sin importar si usa subsidios) se inscriba como tal y asegure a sus trabajadores en los seguros de salud, invalidez, vejez y muerte (IVM). Las cuotas obrero-patronales son del 26.5% (9% patronal y 5.5% obrero para IVM; 7.5% y 5.5% para salud, respectivamente). Debe presentar planillas mensuales en línea (BAMBI) antes del último día del mes siguiente. Si no reporta salarios reales, la CCSS puede recalcular cuotas con base en el promedio de salarios mínimos. Los subsidios no son salario, pero si se usan para pagar nómina, deben cotizarse.

4. Beneficios Fiscales y Deberes ante Hacienda

La Ley N° 9635 (Reforma Fiscal) permite a las PYMES con ingresos brutos anuales menores a ¢1.7 millones pagar el impuesto a las ganancias con tarifa reducida. Puede deducir gastos de producción, pero no los subsidios recibidos. Debe llevar contabilidad electrónica si supera ¢2.5 millones anuales. Para subsidios del Estado, no aplica retención de IVA, pero sí debe reportarlos como ingresos no gravables en la declaración D-101. Si no factura electrónicamente, Hacienda puede rechazar sus gastos. Le recomendamos solicitar criterio vinculante a la DGT para el tratamiento del subsidio.

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OficioIA le asiste en la preparación de su expediente para fondos públicos: revisamos que su planilla CCSS esté al día, redactamos contratos laborales conforme al Código de Trabajo, y estructuramos su declaración de renta para incluir subsidios sin errores. También le asesoramos sobre cómo clasificar los fondos (no reembolsables) y evitar contingencias con Hacienda. Nuestra plataforma genera documentos legales personalizados para su PYME en minutos.

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Preguntas frecuentes

¿Los subsidios gubernamentales se deben pagar a la CCSS?

No directamente. Los subsidios no son salario, pero si usted utiliza esos fondos para pagar salarios, esos salarios sí deben cotizarse a la CCSS en su planilla mensual. Si no reporta, la CCSS puede cobrar diferencias con intereses.

¿Qué pasa si no inscribo a mi trabajador en el Código de Trabajo?

Incurre en infracción laboral. La inspección del Ministerio de Trabajo puede multarle hasta con 10 salarios mínimos (art. 608 del Código de Trabajo). Además, el trabajador puede demandar el pago de cesantía, preaviso y vacaciones no pagadas.

¿Necesito factura electrónica para recibir un subsidio del SBD?

Sí. Al recibir el desembolso, debe emitir una factura de venta (servicio) o un tiquete electrónico si es persona física. Hacienda lo considera ingreso gravable para el impuesto de renta, aunque el subsidio sea no reembolsable.

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