Legal / Jurídico🇪🇨

Guía Completa para la Constitución de Compañías en Ecuador: SCVS, Tipos Societarios y Requisitos Legales

La constitución de compañías en Ecuador está regulada por la Ley de Compañías (Decreto Supremo No. 1615, vigente desde 2023), su reglamento y la supervisión de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS). Este proceso exige cumplimiento estricto de formalidades legales, notariales y registrales, con especial atención a la naturaleza del objeto social, capital social mínimo, número de socios y responsabilidad patrimonial. La SCVS es la autoridad competente para la inscripción, fiscalización y control de todas las sociedades mercantiles constituidas bajo legislación ecuatoriana.

Marco Normativo y Competencia de la SCVS

La Ley de Compañías (Ley No. 1615, publicada en Registro Oficial Suplemento 978 del 28 de diciembre de 2023) es el cuerpo legal fundamental que rige la creación, funcionamiento y disolución de sociedades en Ecuador. Su reglamento, emitido mediante Acuerdo SCVS No. 001-2024, detalla los procedimientos administrativos ante la Superintendencia. La SCVS, creada por la Ley Orgánica de Supervisión del Sistema Financiero, ejerce competencia exclusiva sobre todas las compañías mercantiles, incluyendo sociedades anónimas, limitadas y empresas unipersonales de responsabilidad limitada (EURL), conforme al Art. 4 de la Ley de Compañías. La SCVS no solo autoriza la inscripción en el Registro Mercantil, sino que también supervisa la adecuada aplicación de los estatutos, la designación de administradores y la presentación de estados financieros auditados. Desde 2023, la digitalización del trámite (plataforma SCVS Digital) exige la firma electrónica avanzada (FIEL) del representante legal y la validación previa de documentos ante notario público. El incumplimiento de plazos o requisitos formales puede derivar en la negativa de inscripción o sanciones administrativas.

Tipos Societarios Principales y sus Características Legales

En Ecuador existen tres formas societarias principales reguladas por la Ley de Compañías: la Sociedad Anónima (S.A.), la Sociedad de Responsabilidad Limitada (Ltda.) y la Empresa Unipersonal de Responsabilidad Limitada (EURL). La S.A. requiere mínimo dos accionistas, capital social dividido en acciones, y debe contar con Junta General de Accionistas, Directorio y Auditor Interno si supera ciertos umbrales de activos o ingresos. La Ltda. exige entre dos y quince socios, con responsabilidad limitada al aporte, y se gestiona mediante gerentes designados en estatutos; su capital no se divide en acciones. La EURL, introducida como figura innovadora en la reforma de 2023, permite la constitución de una sociedad con un único socio natural o jurídico, con responsabilidad limitada al capital aportado y sin necesidad de junta ni directorio; su régimen contable y de auditoría es simplificado, pero exige inscripción obligatoria ante la SCVS. Todas deben tener domicilio fiscal en Ecuador, objeto social lícito y cumplir con la Ley Orgánica de Gestión de la Información Pública para la transparencia de sus órganos sociales.

Proceso de Constitución Paso a Paso ante la SCVS

El proceso de constitución comienza con la redacción de los estatutos sociales ante notario público, donde se especifican nombre, objeto social, domicilio, capital social, aportes, administración y duración. Luego, se presenta la solicitud de inscripción ante la SCVS mediante la plataforma digital, adjuntando: copia certificada del acta notarial, formulario SCVS-001, certificación bancaria del depósito del 10 % del capital social, identificación de socios y representantes, y declaración jurada de no vinculación con actividades ilícitas. La SCVS realiza una revisión formal y sustancial en un plazo máximo de 10 días hábiles; si hay observaciones, se otorga 5 días para subsanar. Una vez aprobada, se emite la Resolución de Inscripción y se asigna el Número Único de Identificación Tributaria (NIT) provisional, que luego se convierte en definitivo tras la inscripción en el SRI. Es obligatorio registrar la compañía en el Registro Mercantil del cantón correspondiente dentro de los 30 días posteriores a la resolución. Además, se debe cumplir con la publicación del extracto del acto constitutivo en el Registro Oficial y en un periódico de circulación nacional, conforme al Art. 112 de la Ley de Compañías.

Obligaciones Posteriores y Régimen de Fiscalización

Tras la constitución, toda compañía inscrita ante la SCVS debe cumplir obligaciones continuas: presentación anual de estados financieros auditados ante la SCVS (Art. 247), actualización de datos societarios en caso de cambios en administradores o capital, y mantenimiento de libros contables y societarios debidamente legalizados. Las S.A. y Ltdas. con activos superiores a USD 10 millones o ingresos anuales mayores a USD 5 millones están obligadas a contratar auditor externo registrado ante la SCVS. La EURL está exenta de auditoría externa salvo que supere dichos umbrales o realice actividades financieras. La SCVS ejerce fiscalización mediante auditorías documentales, verificación de cumplimiento de estatutos y análisis de riesgos de lavado de activos. El incumplimiento reiterado puede derivar en multas, inhabilitación de administradores o incluso disolución judicial. Asimismo, todas las compañías deben reportar información financiera y societaria cada trimestre mediante el sistema SCVS Digital, y actualizar su dirección fiscal y representante legal ante el SRI y la SCVS simultáneamente para evitar sanciones cruzadas.

Cómo te ayuda OficioIA

OficioIA asiste al abogado con análisis automatizado de estatutos, verificación de requisitos SCVS actualizados y generación de formularios oficiales. También alerta sobre plazos críticos y cambios normativos recientes en la Ley de Compañías.

Consultar guía completa gratis

Preguntas frecuentes

¿Puede un extranjero constituir una EURL en Ecuador sin residencia?

Sí, un extranjero puede constituir una EURL en Ecuador sin necesidad de residencia permanente, siempre que cuente con cédula de ciudadanía ecuatoriana o pasaporte válido, designe un representante legal domiciliado en Ecuador y cumpla con los requisitos de identificación exigidos por la SCVS y el SRI. Sin embargo, debe obtener una visa de inversionista o residencia temporal si pretende ejercer funciones de gerente o administrador efectivo.

¿Cuál es el capital mínimo requerido para una S.A. en Ecuador?

No existe un capital mínimo legalmente establecido para una Sociedad Anónima en Ecuador según la Ley de Compañías vigente. Sin embargo, el capital debe ser suficiente para cubrir el objeto social y garantizar la solvencia inicial; además, el 10 % debe estar desembolsado al momento de la constitución y certificado por entidad financiera. Algunas actividades reguladas (por ejemplo, seguros o valores) sí imponen montos mínimos específicos por normativa sectorial de la SCVS.

¿Qué pasa si no se presenta la auditoría anual ante la SCVS?

La falta de presentación de estados financieros auditados dentro del plazo legal (hasta el 30 de junio del año siguiente) genera multas progresivas según el grado de mora, suspensión de derechos societarios y, en casos graves o reiterados, la SCVS puede iniciar un proceso de disolución administrativa. Además, impide la renovación de licencias municipales y afecta la calificación tributaria ante el SRI.

abogado

¿Necesitás aplicar esto en tu trabajo?

El abogado de OficioIA te guía paso a paso con normativa actualizada de tu país, documentos a medida y respuestas en segundos.

Consultar guía completa gratis

14 días gratis · Sin tarjeta de crédito