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Requisitos Contables para PyMEs en Paraguay: Guía Legal Práctica 2025

Las PyMEs en Paraguay enfrentan un entramado normativo que exige precisión contable para evitar sanciones. Este artículo sintetiza los requisitos esenciales según el Código Laboral (Ley 213/93), la Ley 125/91 que crea el IPS, y las resoluciones de la SET (Ley 6380/19). Conocer estas obligaciones no solo mantiene a tu empresa en regla, sino que optimiza la toma de decisiones financieras. Aquí encontrarás una guía clara y actualizada para profesionales y dueños de negocios.

1. Obligaciones Laborales y Planillas (Código Laboral)

El Código Laboral (Ley 213/93) exige que todo empleador lleve un registro de planilla con datos de cada trabajador: fecha de ingreso, salario, jornada y vacaciones (Art. 230 y ss.). Para efectos contables, la planilla es la base del cálculo de aguinaldo (Art. 245) e indemnizaciones (Art. 92). Debe actualizarse mensualmente y conservarse por 5 años. La falta de planilla o errores en ella constituye infracción sancionable por el Ministerio de Trabajo (MTESS) con multas que van desde 10 a 100 jornales mínimos. Además, la contabilidad debe reflejar provisiones para vacaciones (1/12 del salario por mes trabajado) y aguinaldo, según lo establece el Decreto Reglamentario 5400/95.

2. Aportes al IPS: Registro y Conciliación Contable

La Ley 125/91 crea el IPS, y su reglamentación obliga a inscribir a todos los empleados dentro de los 10 días hábiles de su contratación (Art. 12 del Decreto 9699/91). El empleador debe retener el 9% del salario del trabajador (aporte obrero) y aportar el 14% patronal (seguro de invalidez, vejez y muerte: 9%; riesgos profesionales: 2%; régimen de asignaciones familiares: 3%). Mensualmente se presenta la planilla de aportes (formulario IPS 201) hasta el día 10 del mes siguiente. Contablemente, estos aportes se registran como pasivo en la cuenta 'Cargas Sociales a Pagar' y como gasto en 'Aportes Patronales'. La conciliación con los estados financieros es obligatoria para la SET cuando se solicita el certificado de cumplimiento tributario.

3. Obligaciones Tributarias ante la SET: Libros y Régimen

La SET (Ley 6380/19 de Modernización Tributaria) exige que las PyMEs lleven contabilidad completa si superan los ingresos brutos anuales de G. 1.000.000.000 (Resolución SET 90/2020). Caso contrario, pueden optar por el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) con libros de ingresos y egresos. Los contribuyentes del Régimen General deben llevar: Libro Diario, Libro Mayor e Inventario (Código de Comercio, Art. 431). Desde 2023, la SET exige la emisión de facturas electrónicas (Kude) para todos los inscriptos (Resolución SET 225/22). Los libros deben estar sellados por la SET antes de su uso y presentarse digitalmente cada mes (Resolución SET 25/2020). El IVA (10%) y el IRACIS (10% sobre renta neta) son los tributos principales. La falta de registro contable se sanciona con multas de 30 a 100 UGA (Resolución SET 92/2020).

4. Estados Financieros y Cierre Anual: Normas Técnicas

Para PyMEs que superan los umbrales, la SET y el Banco Central del Paraguay (BCP) exigen la presentación de estados financieros auditados bajo NIIF para PyMEs (Resolución BCP 57/2015). El cierre fiscal se realiza al 31 de diciembre, y la declaración jurada del IRACIS se presenta en marzo del año siguiente (formulario 118). La contabilidad debe incluir: balance general, estado de resultados, flujo de efectivo y notas. Además, la Ley 6380/19 exige el 'Libro de Inventario' actualizado al cierre. Las PyMEs del RS solo presentan declaración jurada anual de ingresos (formulario 119). El incumplimiento de la presentación de estados financieros ante la SET puede derivar en la suspensión temporal del RUC, según el Art. 75 de la Ley 6380/19. Se recomienda conciliar la contabilidad con los libros de IVA cada mes para evitar discrepancias.

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Preguntas frecuentes

¿Qué libros contables son obligatorios para una PyME en Paraguay?

Depende del régimen. Si tu PyME supera G. 1.000.000.000 de ingresos anuales, debes llevar Libro Diario, Libro Mayor e Inventario (Código de Comercio Art. 431), sellados por la SET. Si estás en el Régimen Simplificado, solo necesitas un libro de ingresos y egresos diarios. Todos los libros deben estar foliados y rubricados antes de su uso.

¿Cuáles son los porcentajes de aportes al IPS que debo contabilizar?

Como empleador, aportás el 14% patronal sobre el salario: 9% para IVM (invalidez, vejez y muerte), 2% para riesgos profesionales y 3% para asignaciones familiares. Además, retenés el 9% del salario del trabajador (aporte obrero). Estos montos se registran como gasto y pasivo respectivamente, y se declaran mensualmente hasta el día 10.

¿Qué sanciones aplican si no cumplo con la contabilidad según la SET?

La SET aplica multas desde 30 a 100 UGA (Unidades de Gestión Administrativa) por no llevar libros contables o no presentar declaraciones. En casos graves, puede suspender tu RUC temporalmente, impidiendo emitir facturas. Además, el MTESS multa por falta de planillas laborales con 10 a 100 jornales mínimos.

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