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Constitución de Empresas en Paraguay: Guía Completa SET e IPS 2024

La constitución de empresas en Paraguay está regulada principalmente por el Código Civil y la Ley N° 19.636/2017 (Ley de Sociedades). El proceso involucra la inscripción en la Superintendencia de Empresas del Trabajo (SET) y la afiliación obligatoria a la Inspección General de Trabajo (IGT) y la IPS para la gestión de recursos humanos y fiscales.

1. Tipos de Sociedades y Base Legal

En Paraguay, las formas jurídicas más comunes son la Sociedad Anónima (S.A.) y la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.), reguladas por el Capítulo V del Código Civil y la Ley de Sociedades. La S.A. requiere un capital mínimo de 10.000 G. (o el equivalente a 10 UTM) y al menos dos socios, mientras que la S.R.L. permite mayor flexibilidad en la administración. Es crucial definir el objeto social con precisión para evitar restricciones en la contratación pública. El estatuto social debe incluir cláusulas específicas sobre la distribución de utilidades, la administración y la disolución, cumpliendo con los requisitos formales establecidos en los artículos 2.461 y siguientes del Código Civil.

2. Inscripción en la SET y Escritura Pública

El primer paso técnico es la redacción de la escritura pública por un escribano público, donde se formaliza la constitución. Posteriormente, se debe presentar la documentación en la Superintendencia de Empresas del Trabajo (SET) para la inscripción en el Registro Mercantil. Los documentos incluyen: poder especial, acta de constitución, cuota de inscripción y formularios específicos de la SET. Una vez inscrito, la empresa obtiene su Personería Jurídica. Es importante verificar que los datos del RUT (Registro Único Tributario) asignado por la Dirección General de Ingresos (DGI) coincidan exactamente con los ingresados en la SET, ya que cualquier discrepancia puede bloquear la emisión de facturas y la apertura de cuentas bancarias comerciales.

3. Afiliación IPS y Obligaciones Laborales

Tras la inscripción en la SET, la empresa debe constituirse como empleadora ante la Dirección General de Ingresos (DGI) y afiliarse a la IPS (Instituto de Previsión Social) para validar la contratación de personal. La afiliación en la IPS es obligatoria antes de realizar la primera nómina. Además, se debe cumplir con el Código del Trabajo (Ley N° 983/1980), que exige la inscripción del contrato de trabajo en el Registro de Personal de la Inspección General de Trabajo (IGT). El empleador debe solicitar el código de empleador en la DGI para poder emitir recibos de haberes y realizar los aportes de seguridad social (5% empleador + 5% trabajador) dentro de los plazos legales, so pena de multas por mora.

4. Licencias Municipales y Operativas

Para operar físicamente, la empresa debe obtener la Licencia de Funcionamiento Municipal ante la Intendencia de su jurisdicción. Esto requiere un certificado de inspección técnica del local, firmado por un ingeniero o arquitecto, que verifique el cumplimiento de normas de seguridad, salidas de emergencia y capacidad de carga. En el caso de empresas de construcción o servicios técnicos, puede ser necesario contar con habilitaciones específicas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) o de la Dirección de Arquitectura y Urbanismo. La falta de esta licencia municipal o de la habilitación técnica puede resultar en clausuras administrativas y sanciones económicas significativas, por lo que debe gestionarse en paralelo al proceso de inscripción empresarial.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es el capital mínimo para una S.A. en Paraguay?

El capital mínimo para una Sociedad Anónima (S.A.) es de 10.000 Guaraníes, aunque en la práctica los bancos y la DGI suelen requerir montos más altos para garantizar solvencia. El capital debe estar íntegramente integrado y verificado por un perito contable antes de la inscripción en la SET.

¿Cuánto tarda el proceso de inscripción en la SET?

El plazo oficial para la inscripción en la Superintendencia de Empresas del Trabajo (SET) es de 10 días hábiles, siempre que la documentación esté completa y sin observaciones. Sin embargo, la obtención del RUT en la DGI es casi inmediata tras la aprobación en la SET.

¿Es obligatorio tener un contador público para constituir la empresa?

Sí, la constitución de una S.A. requiere la intervención de un contador público matriculado para la verificación del capital social y el dictamen de legalidad. Para una S.R.L., la exigencia es menos estricta, pero se recomienda la asesoría contable para la correcta inscripción en la DGI y la IPS.

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