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Límites de Exposición al Ruido en Argentina: Guía Legal para Profesionales de Salud

El ruido excesivo en el ámbito laboral es una de las causas más frecuentes de enfermedades profesionales en Argentina. Para los profesionales de la salud ocupacional, conocer los límites legales de exposición es esencial para prevenir la hipoacusia y cumplir con la normativa vigente. Esta guía aborda los parámetros establecidos por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), el Decreto 911/96 para la industria de la construcción, y las obligaciones ante la AFIP, ofreciendo un marco claro para la gestión del riesgo físico.

1. Marco Normativo y Límites Generales (LCT y Ley 19.587)

La Ley de Contrato de Trabajo (LCT, Ley 20.744) en su artículo 75 establece la obligación del empleador de adoptar medidas de higiene y seguridad para proteger la salud del trabajador. Complementariamente, la Ley 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y su Decreto Reglamentario 351/79 fijan los límites de exposición al ruido. Según el Anexo V del Decreto 351/79, el nivel máximo permitido es de 85 dB(A) para una jornada de 8 horas, aplicando el factor de reducción de 3 dB por cada duplicación de la dosis. Para niveles de 90 dB(A), la exposición máxima se reduce a 4 horas. Estos valores son obligatorios para todas las actividades, salvo excepciones específicas como la construcción, regulada por el Decreto 911/96.

2. Decreto 911/96: Especificidades para la Construcción

El Decreto 911/96, que reglamenta la higiene y seguridad en la industria de la construcción, establece en su artículo 106 que los niveles de ruido no deben superar los 85 dB(A) para jornadas de 8 horas, con un máximo absoluto de 115 dB(A) para exposiciones breves. Además, exige la implementación de un programa de conservación auditiva cuando los niveles superen los 80 dB(A), incluyendo mediciones periódicas, evaluación audiométrica anual y entrega de protectores auditivos. Los profesionales de la salud deben verificar que las empresas constructoras realicen estudios de ruido según la Resolución SRT 85/12, que actualiza los protocolos de medición. El incumplimiento del Decreto 911/96 puede acarrear sanciones y la paralización de obras por parte de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).

3. Obligaciones del Empleador y Rol de la AFIP

La AFIP no regula directamente los límites de ruido, pero juega un rol clave en la fiscalización de las obligaciones patronales derivadas de la LCT y la Ley 19.587. El empleador debe registrar correctamente los puestos de trabajo en el sistema 'Mi Simplificación' y declarar las condiciones de riesgo ante la ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo). La AFIP exige la inscripción del empleador en el régimen de seguridad social, y el incumplimiento de las normas de higiene puede generar denuncias ante la SRT, que luego derivan en inspecciones y multas. Para los profesionales de salud que asesoran empresas, es crucial recordar que la falta de mediciones de ruido o de entrega de EPP puede ser considerada una infracción a la LCT, activando el procedimiento de la AFIP para el cobro de deudas previsionales si se determina un accidente o enfermedad laboral.

4. Prevención y Vigilancia de la Salud Auditiva

La Resolución SRT 37/10 establece el protocolo para la medición del ruido y la realización de audiometrías. El profesional de la salud debe implementar un programa de vigilancia que incluya: evaluación inicial del puesto, control periódico (cada 3 años para trabajadores expuestos a más de 85 dB), y seguimiento de trabajadores con hipoacusia. Según el Decreto 911/96, en la construcción la audiometría debe ser anual. Además, la Ley 19.587 exige la señalización de zonas con ruido superior a 85 dB y la delimitación de áreas de descanso auditivo. Desde la perspectiva de la AFIP, las empresas deben llevar un legajo técnico de higiene y seguridad, que puede ser requerido en fiscalizaciones. La falta de estos registros puede considerarse una violación a la normativa, con consecuencias legales y económicas.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es el límite de ruido para un trabajo de 8 horas en Argentina?

Según el Decreto 351/79 (Ley 19.587), el límite máximo es de 85 dB(A) para una jornada de 8 horas. Si el nivel aumenta a 88 dB(A), la exposición máxima se reduce a 4 horas, y a 91 dB(A) a 2 horas, aplicando la regla de intercambio de 3 dB.

¿El Decreto 911/96 aplica a todas las construcciones?

Sí, el Decreto 911/96 es específico para la industria de la construcción, incluyendo obras nuevas, reparaciones y demoliciones. Establece límites de 85 dB(A) para 8 horas y exige un programa de conservación auditiva si se superan los 80 dB(A).

¿Qué obligaciones tiene la AFIP respecto al ruido laboral?

La AFIP no fija límites, pero controla que los empleadores cumplan con las leyes de trabajo. Si una empresa no cumple con las normas de higiene (como las de ruido), puede ser denunciada ante la SRT, y la AFIP puede actuar en casos de accidentes o enfermedades laborales para verificar el correcto pago de aportes y la registración de los trabajadores.

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