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Inscripción de Empresas en Paraguay: Guía Legal 2024

En Paraguay, la inscripción de una empresa no se limita a obtener un RUC. Implica cumplir con un entramado normativo que abarca el Código Laboral (Ley 213/93), la seguridad social ante el IPS (Instituto de Previsión Social) y las obligaciones tributarias con la SET (Subsecretaría de Estado de Tributación). Esta guía SEO orienta a abogados, contadores y emprendedores sobre los pasos críticos para evitar sanciones y operar formalmente.

1. Registro ante la SET y habilitación municipal

El primer paso es obtener el RUC (Registro Único de Contribuyentes) ante la SET, conforme a la Ley 125/91 y sus modificaciones. Debes inscribirte según tu forma jurídica: EIRL, SRL, SA o SAECA. Para sociedades, se requiere previamente la escritura pública y la inscripción en el Registro Público de Comercio. Luego, tramitás la habilitación municipal (patente) en la municipalidad donde funcione tu establecimiento, bajo la Ley Orgánica Municipal (Ley 3966/2010). Sin la patente, no podés operar legalmente y te exponés a clausuras. La SET también exige facturación electrónica (Kude) desde 2023 para la mayoría de los contribuyentes, según Decreto 10234/2023.

2. Inscripción del empleador ante el IPS

Si tenés o planeás tener empleados, la inscripción patronal ante el IPS es obligatoria dentro de los 30 días de iniciadas las actividades, según el Art. 21 de la Ley 98/92 (Carta Orgánica del IPS). Debes inscribir a cada trabajador en un plazo máximo de 3 días hábiles desde su ingreso. El incumplimiento genera multas (Resolución IPS 110-2021) y el pago retroactivo de aportes. Las alícuotas actuales son: 16.5% patronal (14% jubilación, 2.5% seguro de salud) y 9% obrero (7% jubilación, 2% salud). El no registro puede derivar en juicios laborales donde el empleador pierde todo beneficio probatorio.

3. Obligaciones laborales según el Código Laboral

El Código Laboral (Ley 213/93) exige que todo contrato de trabajo conste por escrito, aunque la falta no invalida la relación laboral. Debes llevar un registro de empleados con datos completos, horarios, salarios y vacaciones. El contrato debe especificar el lugar de trabajo, la remuneración (nunca inferior al salario mínimo legal vigente, fijado por Decreto del PEN) y la jornada máxima (8 horas diarias o 48 semanales, Art. 197). Además, es obligatorio el examen médico pre-ocupacional (Art. 180). El incumplimiento de las normas de higiene y seguridad (Ley 4633/2012) puede acarrear sumarios administrativos del Ministerio de Trabajo (MTESS).

4. Registros adicionales y prevención de riesgos

Dependiendo de tu actividad, necesitás inscripciones adicionales: registro ante el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) para importadores/exportadores, y la habilitación del local ante Bomberos y el Ministerio de Salud (certificado de salud ambiental). En materia laboral, si tenés más de 20 empleados, debes contar con un Reglamento Interno de Trabajo aprobado por el MTESS (Art. 9 del Código Laboral). También es clave inscribir tu empresa en el Sistema de Prevención de Riesgos Laborales del IPS para acceder a cobertura de accidentes de trabajo. No olvides el libro de vacaciones y el registro de asistencia (Art. 218).

Cómo te ayuda OficioIA

OficioIA analiza tu situación específica y te guía sobre los pasos exactos para registrar tu empresa en Paraguay, considerando tu forma jurídica, actividad y cantidad de empleados. Evitá errores que generen multas de SET, IPS o el MTESS. Nuestro sistema te ayuda a interpretar el Código Laboral y la normativa vigente, generando listas de verificación personalizadas y recordatorios de plazos.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para inscribir a un empleado en el IPS después de contratarlo?

Según la Ley 98/92 y sus reglamentos, el empleador tiene un plazo máximo de 3 días hábiles desde el inicio de la relación laboral para inscribir al trabajador ante el IPS. El incumplimiento genera multas y la retroactividad de los aportes.

¿Es obligatorio tener un contrato escrito según el Código Laboral paraguayo?

Sí, el Art. 49 de la Ley 213/93 establece que el contrato de trabajo debe constar por escrito en tres ejemplares (empleador, trabajador y MTESS), pero su ausencia no invalida la relación laboral. Se presume la existencia del contrato si hay subordinación y remuneración.

¿Qué pasa si no me inscribo en la SET y ya tengo empleados?

Operar sin RUC ante la SET es una infracción grave. Además de las sanciones tributarias (multas del 30% al 50% sobre tributos omitidos), no podrás facturar legalmente ni deducir gastos, y los empleados no tendrán cobertura de IPS, exponiéndote a juicios laborales.

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