Guía Pyme Uruguay: Pasos Legales, BPS y DGI para Emprender
Emprender en Uruguay exige cumplir con un marco normativo específico que involucra a la DGI (Dirección General Impositiva), el BPS (Banco de Previsión Social) y el seguro de accidentes de trabajo bajo IGTSS (Ley 16.074). Esta guía te orienta paso a paso, desde la elección de la forma jurídica hasta la gestión de tus obligaciones mensuales, evitando multas y aprovechando beneficios fiscales para pequeñas empresas.
1. Elegí tu forma jurídica ante DGI y BPS
Antes de operar, definí si serás Empresa Unipersonal (constituida como Persona Física con Inicio de Actividades en DGI) o una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) o Sociedad por Acciones Simplificada (SAS). La Ley 19.820 regula las SAS, ideales para pymes por su flexibilidad y bajo costo. Para unipersonales, el BPS exige registro como trabajador independiente (categoría 'empresario'). La DGI asigna un RUT y certificado digital. Si elegís una sociedad, deberás inscribirla en el Registro de Comercio y obtener el N° de RUT. Considerá que las SAS no requieren capital mínimo y pueden gestionarse 100% online, mientras que las SRL exigen un capital mínimo de $20.000 (Ley 16.060). Asesorarte con un contador es clave para decidir según tu facturación proyectada.
2. Registro ante BPS y cobertura IGTSS
Todo empleador debe registrarse en BPS dentro de los 30 días de iniciar actividades (Decreto 574/009). Si contratás trabajadores, deberás darlos de alta en BPS y en el seguro de accidentes de trabajo obligatorio. La IGTSS (Instituto Técnico de Seguridad Social) es administrada por el BPS, pero la cobertura se contrata con una aseguradora privada (ej. Banco de Seguros del Estado o aseguradoras habilitadas). El costo mensual es el 12,5% del salario nominal del trabajador (Ley 16.074). Además, como empleador pagás aportes patronales al BPS (12,25% sobre la nómina) y al Fondo de Reconversión Laboral (0,125%). No olvides afiliarte al seguro de paro y llevar los libros de sueldos. La falta de registro genera recargos del 100% sobre las contribuciones adeudadas.
3. Obligaciones fiscales mensuales y anuales en DGI
Con tu RUT activo, emitís facturas electrónicas (obligatorio desde 2022 para todos). Dependiendo de tu tamaño, tributarás IRAE (Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas) a tasa del 25% sobre rentas netas, o si sos pequeño contribuyente, podés optar por el régimen simplificado (Monotributo) si tus ingresos anuales no superan UI 305.000 (Ley 18.083). Las obligaciones mensuales incluyen: declaración jurada de IVA (tasa básica 22%), retenciones de IRPF a empleados y aportes al BPS. Anualmente, presentás la Declaración Jurada de IRAE y el Balance de Situación. La DGI exige llevar contabilidad suficiente (libro diario e inventario) según el régimen. Aprovechá el beneficio de deducir gastos de inversión en activos fijos mediante el régimen de depreciación acelerada (Ley 19.924).
4. Gestión de riesgos laborales y normativa complementaria
La IGTSS no solo exige contratar el seguro, sino implementar un plan de prevención de riesgos laborales (Decreto 291/007). Para pymes con menos de 5 trabajadores, la obligación es simplificada, pero debes designar un delegado de prevención. Además, si tu actividad es comercial o industrial, necesitás habilitaciones municipales (bomberos, higiene) que varían por departamento. No olvides la inscripción en el Ministerio de Trabajo (MTSS) para el registro de trabajadores y el libro de horas extras. En caso de contratar servicios profesionales, retené IRPF e IVA según normativa de DGI. La Ley de Inclusión Financiera (19.210) obliga a tener cuenta bancaria empresarial para cobros superiores a $30.000. Mantener un calendario de vencimientos (BPS, DGI, aseguradora) es vital para evitar intereses y sanciones.
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¿Puedo iniciar una pyme sin tener empleados y solo facturar como unipersonal?
Sí, podés operar como Empresa Unipersonal sin empleados. Deberás inscribirte en DGI con inicio de actividades, obtener RUT y facturar electrónicamente. En BPS, te registrás como trabajador independiente y pagás aportes personales (IRAE y monotributo si aplica). La cobertura IGTSS solo es obligatoria si contratás trabajadores dependientes. Sin embargo, si trabajás en rubros de riesgo, podés contratar un seguro voluntario.
¿Qué diferencia hay entre monotributo y IRAE para una pyme?
El monotributo (Ley 18.083) es un régimen simplificado para pequeños contribuyentes con ingresos anuales menores a UI 305.000 (aprox. $1.800.000 en 2024). Pagás una cuota mensual única que incluye BPS y DGI. El IRAE es el impuesto general (25% sobre rentas netas) para empresas que superan ese límite o que eligen contabilidad completa. Si tu pyme crece, deberás migrar a IRAE, lo que implica llevar contabilidad formal y presentar balances.
¿Cómo se calcula el costo de la IGTSS para un empleado a tiempo completo?
La prima del seguro de accidentes de trabajo (IGTSS) es el 12,5% del salario nominal del trabajador, pagado íntegramente por el empleador. Por ejemplo, si el sueldo es $40.000, la prima mensual sería $5.000. Este monto se paga a la aseguradora privada que elijas. Además, debés sumar los aportes patronales al BPS (12,25%) y el 0,125% de FRL. Total costos laborales adicionales: aproximadamente 25% sobre el salario.
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