Guía de Subcontratación en Construcción: Cumple LFT, IMSS y SAT
En México, la subcontratación (outsourcing) en el sector construcción está estrictamente regulada desde la reforma laboral de 2021. Para profesionales y empresas constructoras, gestionar subcontratistas implica cumplir con la Ley Federal del Trabajo (LFT), las obligaciones ante el IMSS, el SAT y las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) de la STPS. Un error puede derivar en multas millonarias, responsabilidad solidaria o incluso delitos fiscales. Esta guía te explica los pasos clave para una gestión legal y eficiente.
1. Marco Legal: LFT y Reforma de Subcontratación
La reforma al Artículo 15-A de la LFT (vigente desde 2021) prohíbe la subcontratación de personal para actividades que formen parte del objeto social de la empresa constructora. Solo se permite la subcontratación de servicios especializados que no sean parte del giro principal, como instalaciones eléctricas de alta tensión o estudios geotécnicos. El Artículo 15-D establece que la empresa contratante debe verificar que el subcontratista esté registrado en el padrón público de la STPS (REPSE). Además, la reforma al Artículo 15-E obliga a compartir información sobre los trabajadores para evitar simulación. Para constructoras, esto significa que no puedes subcontratar albañiles o personal de obra directa; solo servicios complementarios.
2. Obligaciones ante el IMSS y el INFONAVIT
El Artículo 15-A de la Ley del Seguro Social (LSS) impone responsabilidad solidaria a la empresa contratante si el subcontratista no cumple con las cuotas obrero-patronales. Debes exigir al subcontratista: (a) constancia de inscripción patronal ante el IMSS, (b) bimestralmente, el pago de cuotas (CF-IMSS-02-2000), y (c) que no tenga adeudos. Además, verifica que esté inscrito en el INFONAVIT y que realice los enteros del 5% del salario. La STPS y el IMSS realizan visitas de verificación; si no acreditas el cumplimiento, serás responsable de las obligaciones de seguridad social de todos los trabajadores del subcontratista que laboren en tu obra. Guarda los comprobantes de pago de cuotas por al menos 5 años.
3. Cumplimiento Fiscal ante el SAT
El SAT exige que los pagos por subcontratación se respalden con CFDI de tipo 'Pago' y complemento de subcontratación (en el nodo de 'Servicios'). La Resolución Miscelánea Fiscal (Regla 4.5.33) obliga a las empresas constructoras a retener el 6% de IVA y el 2% de ISR sobre los pagos por subcontratación de servicios especializados, siempre que el subcontratista no sea proveedor de materiales. Además, el Artículo 27, fracción V del CFF exige que el subcontratista esté al corriente en sus obligaciones fiscales; si no, no podrás deducir el 100% (solo el 47%). Emite tus pagos siempre por transferencia y conserva los CFDI con el complemento de subcontratación. El SAT cruza información con el REPSE para detectar facturas falsas.
4. Seguridad y Salud en el Trabajo: NOM-STPS
La NOM-035-STPS-2018 (factores de riesgo psicosocial) aplica a todos los centros de trabajo, incluyendo obras de construcción. Debes asegurar que el subcontratista implemente políticas de teletrabajo y prevención. La NOM-031-STPS-2011 (construcción) es clave: la empresa contratante es responsable de que el subcontratista cumpla con las medidas de seguridad, como uso de equipo de protección (EPP), señalización y capacitación. El Artículo 15-D de la LFT obliga a que el subcontratista cuente con recursos materiales y humanos propios; en obra, esto incluye a un supervisor de seguridad. Realiza una auditoría anual del programa de seguridad del subcontratista y verifica que sus trabajadores tengan capacitación en primeros auxilios y manejo de maquinaria. La STPS puede sancionar con multas de hasta 500,000 pesos por incumplimiento.
Cómo te ayuda OficioIA
OficioIA te facilita la gestión de subcontratistas en construcción mediante plantillas de contratos alineados a la LFT, listas de verificación para el REPSE, IMSS y SAT, y calculadoras de retenciones de IVA/ISR. Además, te genera reportes de cumplimiento de NOM-035 y NOM-031 para presentar ante auditorías.
Consultá tu caso con OficioIAPreguntas frecuentes
¿Qué actividades de construcción se pueden subcontratar en México?
Solo servicios especializados que no formen parte del objeto social de la constructora, como estudios de mecánica de suelos, instalaciones eléctricas de alta tensión, o montaje de estructuras metálicas especializadas. No puedes subcontratar mano de obra de albañilería o actividades preponderantes.
¿Qué es el REPSE y por qué es obligatorio?
El REPSE es el padrón público de la STPS donde deben registrarse todas las empresas que ofrecen servicios especializados. Desde 2021, es requisito para que el subcontratista pueda facturar y para que tú puedas deducir. Verifica que tu subcontratista tenga registro vigente antes de contratar.
¿Qué pasa si no retengo el IVA e ISR al subcontratista?
Si no retienes el 6% de IVA y el 2% de ISR conforme al Artículo 1-A de la LISR, el SAT puede considerarlo como una omisión y aplicar multas del 50% al 100% de las contribuciones no retenidas, además de recargos. También perderás la deducción total del gasto.
¿Cómo acredito que el subcontratista cumple con el IMSS?
Solicita al subcontratista la 'Constancia de Cumplimiento de Obligaciones' que emite el IMSS mensualmente y verifica que no tenga adeudos. También puedes consultar el padrón de patrones en línea. Guarda los comprobantes de pago de cuotas de los últimos 5 años.
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