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Guía de Regulaciones de E-commerce para PyMEs en Paraguay

El comercio electrónico en Paraguay crece aceleradamente, pero muchas PyMEs desconocen las obligaciones legales que implica vender online. Esta guía te orienta sobre los aspectos clave: normativa laboral para tus empleados, afiliación al IPS, y obligaciones tributarias ante la SET. Cumplir con estas reglas no solo evita sanciones, sino que genera confianza en tus clientes y te permite escalar de forma sostenible.

1. Marco Legal del E-commerce en Paraguay

El comercio electrónico en Paraguay se rige principalmente por la Ley 4017/2010 de Validez Jurídica de la Firma Electrónica y la Ley 4868/2013 que regula el comercio electrónico, estableciendo requisitos para contratos electrónicos, información al consumidor y protección de datos personales (Ley 1682/2001). Además, la Ley 1334/1998 de Defensa del Consumidor aplica a ventas online, exigiendo información clara sobre precios, condiciones de entrega y derecho a reclamo. Tu PyME debe incluir términos y condiciones, política de privacidad y mecanismos de atención al cliente. No olvides registrar tu dominio y cumplir con la Ley de Comercio Electrónico en cuanto a publicidad y veracidad de la oferta.

2. Obligaciones Laborales en tu PyME de E-commerce

Si tu PyME tiene empleados (repartidores, atención al cliente, administración), debes cumplir el Código Laboral (Ley 213/1993) y sus modificaciones. Esto incluye contrato escrito, pago de salario mínimo (ajustado por el Consejo Nacional de Salarios Mínimos), aguinaldo (Ley 6388/2019), vacaciones, horas extras y preaviso. En e-commerce, es común el trabajo remoto; la Ley 6398/2020 regula el teletrabajo, exigiendo acuerdo escrito, igualdad de derechos y provisión de herramientas. Asegúrate de registrar el contrato en el Ministerio de Trabajo (MTESS) y llevar planillas de asistencia. El incumplimiento genera multas y juicios laborales.

3. Afiliación y Aportes al IPS

Todo empleado de tu PyME debe estar inscrito en el Instituto de Previsión Social (IPS) desde el primer día de trabajo. Debes inscribirte como empleador (si aún no lo hiciste) y realizar aportes mensuales: 16.5% sobre el salario (9% empleador, 7% trabajador) para seguro social, más 2% de seguro de vivienda (1% cada parte) si aplica. Las planillas se presentan por el sistema TOTUS, y los aportes vencen el día 10 de cada mes. Si usas plataformas de reparto o gig economy, verifica si son empleados o independientes; en caso de subordinación, corresponde afiliación. La mora genera recargos e intereses, y puede afectar la cobertura de salud de tus trabajadores.

4. Tributación ante la SET para Ventas Online

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) exige que toda PyME que venda online esté inscrita en el RUC y emita facturas electrónicas (Ley 6380/2019 y Decreto 3320/2019). Debes inscribirte en el régimen general o simplificado (Resolución 53/2019), y si tus ingresos superan 70.000.000 Gs anuales, estás obligado a facturar electrónicamente. Aplica IVA (10%) sobre tus ventas, y el IRP (Impuesto a la Renta Personal) o IRACIS (si es sociedad) sobre utilidades. Para ventas a consumidores finales, debes emitir comprobante electrónico (factura o ticket). La SET fiscaliza plataformas de pago y marketplaces; no declarar puede generar multas del 50% al 200% del tributo omitido.

Cómo te ayuda OficioIA

OficioIA te asiste en la interpretación de estas normativas, generando contratos laborales, planillas IPS, modelos de facturación y políticas de privacidad adaptadas a tu PyME. También puedes consultar casos específicos sobre teletrabajo, contratos de servicios digitales o régimen tributario simplificado.

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Preguntas frecuentes

¿Necesito inscribirme en IPS si tengo un solo empleado en mi tienda online?

Sí. El Código Laboral y la Ley del IPS obligan a inscribir a todo trabajador bajo relación de dependencia, sin importar la cantidad. Desde el primer día, debes afiliarlo y realizar aportes mensuales. La falta de inscripción puede generar multas y deudas retroactivas.

¿Qué impuestos debo pagar por ventas por internet en Paraguay?

Debes tributar IVA (10%) sobre tus ventas y el IRP (si sos persona física) o IRACIS (si es empresa) sobre tus utilidades. Además, debes emitir factura electrónica a través de la SET. Si vendés a consumidores finales, podés usar el régimen simplificado para pequeños contribuyentes, siempre que cumplas los límites de ingresos.

¿Puedo contratar repartidores como independientes para evitar aportes al IPS?

No si existe subordinación. Si el repartidor trabaja bajo tus órdenes, con horario y herramientas provistas por vos, la ley lo considera empleado. La figura de 'independiente' solo aplica si tiene autonomía real. La SET y el IPS pueden verificar y reclamar aportes adeudados con intereses.

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