Guía de Registro de Empresas en Uruguay: IGTSS, BPS y DGI
Registrar una empresa en Uruguay implica cumplir con tres frentes normativos clave: la inscripción ante la DGI (Dirección General Impositiva), el registro como empleador en el BPS (Banco de Previsión Social) y la habilitación en el IGTSS (Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social). Este proceso, regulado por el Decreto 599/006 y la Ley 16.713, exige precisión técnica para evitar sanciones. En esta guía legal, desglosamos cada paso, los plazos y las obligaciones vigentes, orientada a abogados y contadores que asesoran a emprendedores.
1. Inscripción en DGI: Tipos Societarios y Obligaciones
El primer paso es la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) de la DGI, conforme al Decreto 599/006. Se debe definir la forma jurídica: empresa unipersonal (Ley 19.820) o sociedad (Ley 16.060). Para unipersonales, se requiere constancia de actividad económica y domicilio fiscal. Para sociedades, la escritura pública y el acta de constitución deben presentarse dentro de los 30 días hábiles desde su otorgamiento. La DGI asigna el RUT y los códigos de actividad (CIIU). Además, se debe habilitar la facturación electrónica (CFE) según la resolución DGI 3.018/2014. El no registro en plazo genera multas del 100% del impuesto omitido, más recargos.
2. Registro como Empleador en BPS y IGTSS
Todo empleador debe registrarse en el BPS antes de contratar personal, según la Ley 16.713 y el Decreto 599/006. El trámite se realiza en línea mediante el portal BPS Empresas, presentando la constancia de RUT y el contrato social. Simultáneamente, se debe notificar la apertura de la empresa al IGTSS (Ministerio de Trabajo) a través del formulario de 'Registro de Empresa y Habilitación de Locales'. Este registro incluye la nómina inicial de trabajadores y las condiciones de higiene y seguridad (Ley 19.196). La falta de registro en IGTSS impide iniciar actividades y expone a clausura. Además, el BPS exige el alta de los trabajadores en la nómina de aportes antes del inicio efectivo de la relación laboral.
3. Habilitaciones Especiales y Normativa Laboral
Según la actividad, se requieren habilitaciones adicionales: bomberos (Decreto 184/006), ambientales (Ley 17.283) o municipales. En el ámbito laboral, la empresa debe contar con el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad si tiene más de 10 trabajadores (Decreto 291/007). También debe inscribir los contratos de trabajo en el BPS (Ley 18.572). Para actividades de alto riesgo, la IGTSS exige un plan de prevención. Los profesionales deben verificar si la actividad está comprendida en la negociación colectiva (consejos de salarios) y registrar los laudos correspondientes. El cumplimiento de estas normativas evita multas de hasta 20 UR por trabajador no registrado.
4. Plazos, Sanciones y Asesoría Profesional
Los plazos críticos son: inscripción en DGI (30 días desde inicio de actividad), registro BPS (previo a la contratación) y registro IGTSS (antes de la habilitación del local). El incumplimiento genera sanciones: multas de DGI por no facturación (Ley 18.083), recargos del BPS por mora (Ley 16.713) y clausura por IGTSS. Además, la responsabilidad solidaria de administradores está prevista en el Código Tributario (arts. 8 y 9). Para evitar contingencias, se recomienda una auditoría previa. Un abogado especializado debe redactar el contrato social, verificar la adecuación al Decreto 599/006 y gestionar las habilitaciones ante los organismos, ya que el error en el código de actividad puede derivar en doble tributación.
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¿Cuál es el plazo para inscribir una empresa en DGI luego de su constitución?
Según el Decreto 599/006, la inscripción en el RUT debe realizarse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la constitución o al inicio de actividades comerciales. Para sociedades, se computa desde la fecha de la escritura pública. El incumplimiento genera multas que van del 50% al 100% de los tributos omitidos.
¿Es obligatorio registrarse en IGTSS antes de contratar al primer empleado?
Sí. El registro en IGTSS (a través del Ministerio de Trabajo) es previo a la habilitación del local y a la contratación de personal. La Ley 19.196 exige que la empresa notifique su apertura y las condiciones de trabajo. Si no se realiza, la empresa no puede operar legalmente y se expone a clausura.
¿Qué diferencia hay entre registro en BPS y en IGTSS para una empresa unipersonal?
El BPS (Banco de Previsión Social) es el organismo que registra al empleador y gestiona los aportes de seguridad social de los trabajadores (Ley 16.713). El IGTSS es la inspección que fiscaliza las condiciones laborales y de higiene. Toda empresa con empleados debe inscribirse en ambos: BPS para aportar y IGTSS para habilitar el local. Una unipersonal sin empleados solo se inscribe en DGI y BPS como monotributista.
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