Despido en Paraguay: Guía Legal Laboral, IPS y SET 2025
La terminación de la relación laboral en Paraguay está regulada por el Código Laboral (Ley N° 213/93) y sus modificaciones, con implicancias directas ante el Instituto de Previsión Social (IPS) y la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET). Para profesionales de RR.HH., contadores y abogados, dominar este proceso es esencial para minimizar riesgos legales y costos. Esta guía sintetiza las causales, plazos, cálculos indemnizatorios y obligaciones formales, ofreciendo una hoja de ruta práctica.
1. Causales de despido y tipos de terminación
El Código Laboral paraguayo distingue entre despido justificado y despido injustificado. Las causales justificadas están taxativamente enumeradas en el Artículo 81 (por ejemplo, faltas reiteradas, indisciplina, ineficiencia comprobada, entre otras). El empleador debe notificar por escrito al trabajador la causa invocada, según el Artículo 82. La terminación puede ser por renuncia del trabajador (con preaviso de 15 días según Art. 84), por mutuo acuerdo (Art. 85) o por despido. Si no existe causa legal o no se prueba, el despido se considera injustificado y genera derecho a indemnización. Es crucial documentar todo incumplimiento y seguir el procedimiento de descargo del trabajador para evitar nulidades.
2. Preaviso y plazos legales
El preaviso es obligatorio tanto para el empleador como para el trabajador. Según el Artículo 84 del Código Laboral, el empleador que despida sin justa causa debe preavisar con 30 días de anticipación si la relación laboral supera un año, o 15 días si es menor. El trabajador que renuncia debe preavisar con 15 días. Si no se cumple el preaviso, la parte que incumple debe pagar una indemnización sustitutiva equivalente a los salarios del período faltante. En caso de despido injustificado sin preaviso, se deben pagar ambos conceptos: indemnización por despido y preaviso. El plazo para reclamar judicialmente es de 60 días hábiles desde la terminación (Art. 389).
3. Cálculo de indemnización y aguinaldo proporcional
Para despido injustificado, la indemnización se calcula según el Artículo 91 del Código Laboral: 15 días de salario por cada año o fracción mayor a 6 meses de servicio, con un tope de 9 salarios mínimos mensuales para trabajadores con más de 10 años. Además, se debe pagar el aguinaldo proporcional (Ley 24/2013) y las vacaciones no gozadas (Art. 55). Si el despido es por reducción de personal o causas económicas, aplica el Artículo 94 con un régimen especial. Para trabajadores con estabilidad (embarazadas, dirigentes sindicales, etc.), la indemnización se duplica (Art. 92). El cálculo debe incluir el promedio de las últimas remuneraciones, incluyendo horas extras y comisiones.
4. Obligaciones ante IPS y SET en la liquidación
Al terminar la relación laboral, el empleador debe: (a) ante el IPS, presentar la planilla de baja dentro de los 3 días hábiles (Resolución 192/2019), pagar los aportes pendientes y emitir el certificado de baja del trabajador. Si no se realiza, el trabajador puede sufrir pérdida de cobertura. (b) Ante la SET, el empleador debe emitir la liquidación final y el certificado de retención del Impuesto a la Renta Personal (IRP) si correspondiere, además de declarar la baja en el Sistema Marangatu. La falta de cumplimiento genera multas. También se debe entregar al trabajador el certificado de trabajo con detalle de tiempo servido y remuneraciones (Art. 90 del Código Laboral).
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¿Qué pasa si me despiden sin preaviso en Paraguay?
Si el despido es injustificado y no se otorgó preaviso, el empleador debe pagar la indemnización por despido (Art. 91) más la indemnización sustitutiva del preaviso (Art. 84). Si el despido es justificado, no corresponde indemnización, pero el empleador debe igualmente preavisar o pagar el preaviso.
¿Cuánto es la indemnización por despido injustificado en Paraguay?
Según el Art. 91 del Código Laboral, corresponde 15 días de salario por cada año de servicio o fracción mayor a 6 meses, con tope de 9 salarios mínimos mensuales. Para trabajadores con más de 10 años, se aplica el tope. Si hay estabilidad sindical o fuero maternal, se duplica.
¿Qué trámites debo hacer ante IPS y SET al despedir a un empleado?
Ante IPS: presentar la planilla de baja dentro de 3 días hábiles, pagar aportes adeudados y solicitar el certificado de baja. Ante SET: declarar la baja en el sistema, emitir la liquidación final y el certificado de retención IRP si aplica. También se debe entregar al trabajador el certificado de trabajo.
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