Licencias y Permisos Laborales en Latinoamérica: Maternidad, Paternidad y Enfermedad
Las licencias y permisos laborales son derechos fundamentales del trabajador que los empleadores deben respetar bajo pena de multas y responsabilidad laboral. En Latinoamérica, la licencia por maternidad ha sido extendida significativamente en los últimos años (Colombia y Brasil tienen las más largas de la región), mientras que la licencia por paternidad varía de 2 días en algunos países a 2 semanas en otros.
Argentina: licencias laborales bajo la LCT
La LCT establece las licencias mínimas en Argentina [LCT arts. 150-183/ANSES]: Vacaciones anuales: 14 días corridos hasta 5 años de antigüedad; 21 días de 5 a 10 años; 28 días de 10 a 20 años; 35 días con más de 20 años; pagadas antes del inicio de las vacaciones; Licencia por maternidad (art. 177): 90 días (45 antes del parto + 45 después); puede adelantarse más si hay complicaciones; durante la licencia cobra el subsidio de ANSES (equivalente al sueldo); Licencia por paternidad (art. 158): 2 días hábiles (puede ampliarse por CCT — muchos convenios colectivos otorgan 5-10 días); Matrimonio: 10 días corridos; Nacimiento de hijo: 2 días (paternidad); Fallecimiento de familiar: 3 días (cónyuge, padres, hijos) o 1 día (hermanos, abuelos); Exámenes de estudio: hasta 10 días por año para estudiantes en institución de nivel medio o universitario; Licencia por enfermedad: el empleador paga el sueldo durante 3 meses (menos de 5 años de antigüedad) o 6 meses (más de 5 años); si tiene cargas de familia: se duplican los plazos [LCT/VERIFICAR CCT aplicable].
Chile: postnatal parental — las vacaciones más cortas de LATAM
Chile tiene un sistema de postnatal parental extendido para madres [CT arts. 195-208 / SANNA / Chile]: Maternidad (prenatal + postnatal): prenatal: 6 semanas antes del parto; postnatal básico: 12 semanas después del parto; postnatal parental: 12 semanas adicionales (total: 18 semanas de postnatal o posibilidad de convertirlo en 18 semanas a media jornada por 24 semanas); el padre puede usar parte del postnatal parental desde la séptima semana; Subsidio: paga la Caja de Compensación o ISAPRE/FONASA — calculado sobre el promedio de remuneraciones imponibles de los últimos 6 meses; Paternidad: 5 días (el padre puede tomar 5 días hábiles desde el nacimiento — art. 195 CT); Vacaciones anuales: 15 días hábiles (equivale a 3 semanas); el empleado tiene derecho desde que completa 1 año de servicio; Enfermedad: el médico emite licencia médica; la ISAPRE o FONASA paga el subsidio por incapacidad laboral (SIL) a partir del 4to día; los primeros 3 días los paga el empleador (verificar CCT); Otros permisos: fallecimiento de familiar 3 días, accidente 3 días, matrimonio 5 días [CT/VERIFICAR normativa actualizada].
México: licencias IMSS — maternidad e incapacidad
México cubre las licencias a través del IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) [LFT/LSS/IMSS]: Maternidad (art. 170 LFT): 12 semanas (6 antes del parto + 6 después); puede transferir hasta 4 semanas prenatal al postnatal (quedar con 2 semanas antes y 10 después); el IMSS paga el subsidio del 100% del salario registrado; Paternidad: 5 días de licencia pagada por el empleador (reforma 2012); Vacaciones anuales (art. 76 LFT): 12 días al primer año, 14 días al segundo, 16 al tercero, 18 al cuarto; el porcentaje se incrementa 2 días cada 2 años hasta llegar a 20 días (verificar reforma — se ampliaron gradualmente); Prima vacacional: el 25% del salario durante las vacaciones es obligatorio; Enfermedad general: IMSS cubre desde el cuarto día de incapacidad (los primeros 3 los paga el empleador según algunos CCT); subsidio: 60% del salario base de cotización; Enfermedad profesional o accidente de trabajo: IMSS cubre el 100% del salario hasta 52 semanas [LFT/LSS/VERIFICAR reforma vacaciones].
Colombia: 18 semanas de maternidad — las más largas de LATAM
Colombia tiene la licencia de maternidad más larga de la región [CST/Ley 1468/EPS]: Maternidad (art. 236 CST): 18 semanas de licencia remunerada; las últimas semanas pueden transferirse al padre (licencia compartida hasta 6 semanas); en caso de parto múltiple: 2 semanas adicionales por cada hijo adicional; en caso de hijo prematuro: licencia adicional equivalente al tiempo de diferencia entre el parto real y la fecha probable a término; Quién paga: la EPS (Entidad Promotora de Salud) paga el 100% del salario directamente a la trabajadora — el empleador no paga durante la licencia; Paternidad: 8 días hábiles pagados por la EPS (verificar si fue ampliado — hubo discusión de ampliación a 2 semanas); Vacaciones anuales: 15 días hábiles por año; Enfermedad común: los primeros 3 días los paga el empleador; desde el cuarto día paga la EPS al 66.67% del salario base de cotización; Incapacidad por accidente de trabajo o enfermedad laboral: ARL (Administradora de Riesgos Laborales) paga el 100% desde el primer día [CST/MinTrabajo/VERIFICAR].
Brasil: 120 días (+ 60 em Empresa Cidadã) — CLT
Brasil tiene un sistema de licencia maternal con incentivo fiscal para ampliación [CLT art. 392 / Decreto 7052 / MTE]: Licença-maternidade básica: 120 dias corridos pagos pela Previdência Social (INSS) vía empresa; quem paga: a empresa paga a funcionária e desconta do INSS na guia; em caso de adoção: mesma duración según edad do adotado (verificar); Programa Empresa Cidadã: empresas que se inscrevem podem ampliar a licença para 180 dias (60 dias adicionais) — em troca, deducen o custo dos 60 dias extras do IRPJ; incentivo fiscal para quem adere; Licença-paternidade: 5 dias básicos (CLT); empresas do Programa Empresa Cidadã: 20 dias; Férias anuais: 30 dias corridos com remuneração acrescida de 1/3 — o empregado tem direito após 12 meses de trabalho; Licença para doença: os primeiros 15 dias são pagos pela empresa; do 16o dia em diante: INSS paga auxílio-doença (91% do salário de benefício); acidente de trabalho: INSS paga desde o primeiro dia após acidente [CLT/INSS/VERIFICAR programa Empresa Cidadã].
Cómo te ayuda OficioIA
El Asesor Legal Laboral de OficioIA calcula la duración exacta de cada licencia laboral según el país y la antigüedad del trabajador, determina quién paga el subsidio durante la licencia (empleador o seguridad social) y cuánto representa, y verifica si el empleador tiene obligaciones adicionales por convenio colectivo que superen los mínimos legales.
Consultar Asesor Legal LaboralPreguntas frecuentes
¿En Argentina, si mi empleador no me da la licencia de maternidad, qué hago?
Puedes denunciar ante el Ministerio de Trabajo o ante la ANSES (que paga el subsidio directamente). El despido durante el embarazo o hasta 7 meses y medio después del parto genera una presunción de que fue discriminatorio, por lo que la trabajadora tiene derecho a una indemnización especial: la indemnización normal + el equivalente a 13 meses de remuneración. El empleador debe avisar 30 días antes de la reincorporación [LCT art. 177/178].
¿En Chile, cuánto cobra la madre durante el postnatal?
El subsidio por postnatal se calcula sobre el promedio de las remuneraciones imponibles de los últimos 6 meses antes del prenatal, con tope de 83.3 UF mensuales (verificar tope actualizado FONASA/ISAPRE). Para el postnatal parental a media jornada (la opción de extender 18 semanas a media jornada por 24 semanas), el subsidio es la mitad más la mitad del sueldo pagado por el empleador [CT/SANNA/VERIFICAR].
¿En Colombia, la licencia de maternidad aplica también para madres independientes?
Sí, si la trabajadora independiente está cotizando a salud como cotizante independiente (no como beneficiaria). La EPS paga la licencia en proporción a las cotizaciones realizadas en los últimos 12 meses. Si las cotizaciones están al día, recibe el 100% del valor de la licencia según su ingreso base de cotización. Las trabajadoras informales que no cotizan a la EPS no tienen acceso a este beneficio [CST/Ley 1468/EPS].
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