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Cómo recurrir una multa por exceso de velocidad o fotomulta

Las multas por exceso de velocidad, especialmente las generadas por fotomultas o radares fijos, son impugnables cuando el instrumento de medición no cumple los requisitos técnicos y legales. Tanto en Argentina como en Chile existe jurisprudencia que anuló multas por falta de homologación o calibración vigente del radar. Esta guía explica cómo construir esa defensa.

Validez legal del radar: homologación y calibración

Para que una multa por velocidad sea válida, el instrumento utilizado (radar fijo, cinemómetro móvil o cámara fotomulta) debe cumplir dos condiciones simultáneas: (1) Homologación: el modelo del instrumento debe estar aprobado por el organismo nacional competente. En Argentina, el INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial) es el organismo que homologa los instrumentos de medición. En Chile, el organismo es el MIDEPLAN o el SEREMI de Transportes. La homologación aprueba el modelo en general y tiene vigencia indefinida mientras el modelo no cambie. (2) Verificación periódica (calibración): cada unidad específica del instrumento debe ser verificada individualmente con una frecuencia determinada (generalmente anual). Esta verificación emite un certificado con número de serie del instrumento, fecha de verificación y fecha de vencimiento. Si el certificado de verificación estaba vencido al momento de la infracción, la medición carece de validez legal y la multa es impugnable.

Cómo obtener los certificados para tu defensa

Para construir la defensa técnica, necesitás el certificado de verificación vigente del instrumento que midió tu velocidad. Podés solicitarlo a través de: (1) Pedido formal de acceso a la información pública dirigido al organismo emisor de la multa (en CABA, la Unidad de Control de Tránsito y Transporte; en municipios de PBA, la Dirección de Tránsito municipal). (2) Solicitud en el expediente de impugnación, como prueba documental. Si el organismo no puede presentar el certificado vigente, eso por sí solo puede ser suficiente para anular la infracción. En Chile, podés solicitar la información al municipio emisor de la fotomulta bajo la Ley de Transparencia (Ley 20.285). Guardá copia de todos los pedidos con fecha de presentación.

Otros argumentos técnicos para impugnar

Más allá de la calibración, existen otros argumentos técnicos válidos. Identificación errónea del vehículo: en fotomultas, la imagen debe mostrar claramente la patente del vehículo. Si la imagen es borrosa, parcial o ambigua, la identidad del vehículo no está probada fehaciente. Velocidad mínima de infracción y margen de error: los cinemómetros tienen un margen de error técnico (generalmente ±3 km/h o ±3%). Si tu velocidad medida estaba muy próxima al límite, el margen de error del instrumento podría llevarla dentro del límite legal. Señalización del límite de velocidad: el límite debe estar debidamente señalizado antes del punto de control. Si la señal era inexistente, estaba obstruida o era ilegible, el conductor no tenía obligación de conocer ese límite específico. Condiciones de medición: el radar debe estar correctamente posicionado y calibrado para las condiciones de la vía. Mediciones en curvas o con obstáculos pueden generar lecturas erróneas.

Procedimiento en Argentina y Chile

En Argentina, la impugnación sigue el procedimiento general de descargo: presentar escrito ante el juzgado de faltas o el organismo emisor dentro del plazo (10 o 15 días hábiles según jurisdicción), acompañando los argumentos técnicos y la solicitud de que el organismo exhiba los certificados de homologación y calibración del instrumento. En Chile, la multa de tránsito se impugna ante el Juzgado de Policía Local del municipio correspondiente. El plazo es de 10 días hábiles desde la notificación (Ley 18.290, artículo 211). En la audiencia, el infractor puede solicitar al tribunal que requiera al municipio los certificados de calibración del radar. Si el municipio no los presenta, el juzgado generalmente absuelve. En ambos países, la clave es actuar dentro del plazo y hacer el pedido de prueba documental desde el inicio.

Cómo te ayuda OficioIA

El agente Abogado de Tránsito de OficioIA redacta el escrito de impugnación técnica de fotomulta o radar, incluyendo la solicitud formal de exhibición del certificado de calibración y los argumentos de validez del instrumento. También te explica qué documentación adicional recopilar según tu jurisdicción.

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Preguntas frecuentes

¿Todas las fotomultas son impugnables?

No todas prosperan, pero todas pueden impugnarse. Las que tienen más chances de éxito son aquellas donde la imagen no identifica claramente la patente, el instrumento no tiene calibración vigente, o la señalización del límite de velocidad era deficiente. La tasa de éxito depende de la jurisdicción y la calidad de la defensa.

¿Puedo pedir los datos técnicos del radar antes de decidir si impugno?

Sí. Podés hacer un pedido de acceso a la información pública antes de presentar el descargo. Esto te permite evaluar si el instrumento tenía calibración vigente y decidir con datos si conviene impugnar o pagar con descuento voluntario.

¿Vale la pena impugnar si la multa es de poco monto?

Depende del tiempo y recursos disponibles. Si la multa es menor a 5.000 pesos (Argentina) o 1 UTM (Chile) y no hay riesgo de puntos en el registro, puede ser más práctico pagar con el descuento por pago voluntario. Sin embargo, si la infracción lleva puntos negativos en el registro de conducir, la impugnación siempre vale la pena.

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